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Acude a un examen de conducir al volante de su propio vehículo, sorprende a la Guardia Civil y ahora se expone a estas sanciones

por Paco Magar
6 de junio de 2025
Acude a un examen de conducir al volante de su propio vehículo

Acude a un examen de conducir al volante de su propio vehículo

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Cuando la DGT pone una sanción, no queda otra opción que respetarla estrictamente. No vale eso de “Total, no me van a ver”. El sistema de control es tan sagaz que nadie escapa a su ojo presente en todas partes. Por eso, si a una persona le retiran el carnet de conducir, sea por los motivos que sea, no puede circular al volante de su automóvil. Es una cuestión de lógica y de sentido común. Pero esa idea de que nada va a pasar suele llevar a actitudes que muchas veces se vuelven una complicación grave.

Más o menos esto es lo que le ocurrió a una mujer que acudió a realizar un examen escrito de conducir conduciendo su propio vehículo. Allí estaba la Guardia Civil, solidaria asistente de la Jefatura Provincial de Tráfico, y los guardias descubrieron la “travesura”.

¿Por qué la mujer de 25 años no tenía un carnet de conducir?

Todo el mundo sabe que para conducir un vehículo de motor es necesario tener un carnet de conducir. El caso en cuestión es el de una conductora que ya había tramitado su carnet y que estaba vigente. Pero no lo tenía porque se lo habían retirado por falta de puntos. 

Hay que tener en cuenta que es necesario acumular infracciones para agotar los puntos. Cada infracción resta entre 2 y 6 puntos, por lo que podría decirse que la protagonista de este incidente era una infractora crónica. Tan es así que fue a realizar el examen teórico para recuperar los puntos y el carnet al volante de su propio coche. Por lo visto, no tuvo reparos en seguir transgrediendo la normativa.

¿Por qué estaba realizando el examen?

Cuando un conductor pierde todos los puntos por infracciones, la DGT retira legalmente el carnet de conducir. El conductor es notificado de la resolución. A partir de ese momento, no puede circular al volante de ningún delito. Si lo hiciera estaría cometiendo un delito previsto en el artículo 384 del Código Penal.

Pero el conductor sancionado tiene la oportunidad de recuperar el carnet. Para ello dispone de algunas opciones, entre las que se encuentra superar un examen teórico en la Jefatura de Tráfico. En pleno proceso de examen estaba la mujer que fue conduciendo a la Jefatura sin carnet de conducir cuando fue atrapada.

La Guardia Civil identificó a la mujer y allí se desató el problema

La Guardia Civil suele acompañar a los funcionarios de la Jefatura de Tráfico cuando se están realizando exámenes tanto teóricos como prácticos.  Prestan asistencia especialmente en la detección de irregularidades o de situaciones que interfieran con el normal desarrollo de las pruebas.

Los agentes vieron cuando la mujer llegó en su coche a la Jefatura. Y también se percataron de que entraba al examen teórico para recuperar el carnet. Era una clara infracción. La conclusión se no demoró. Si estaba haciendo un examen de recuperación del carnet era porque se lo habían retirado. Por lo tanto, no podría haber conducido hasta el lugar.

La mujer debió responder a varias preguntas que los agentes le realizaron. Las evidencias de la infracción no daban lugar a dudas, por lo que se le detectó un delito de conducción de vehículo tras pérdida de vigencia de la autorización por pérdida de puntos. Es una falta muy grave, por lo que conlleva consecuencias penales y económicas.

¿Cuáles son las sanciones que la ley prevé para este delito?

La joven infractora fue puesta a disposición judicial. La ley prevé tres tipos de sanciones. Una es la pena de prisión de 3 a 6 meses. También se le puede aplicar una multa económica de 12 a 24 meses. Otra medida sancionatoria es los trabajos en beneficio de la comunidad, de 31 a 90 días. La decisión dependerá del juez actuante, quien tomará en cuenta los antecedentes y las reincidencias.

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