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Estas son las etiquetas que deberás tener para poder entrar en Madrid a partir del 1 de enero de 2025

Las etiquetas medioambientales que vas a necesitas para acceder a Madrid centro

por El Adelantado
10 de diciembre de 2024
en Motor
etiquetas

Estas son las etiquetas que deberás tener para poder entrar en Madrid a partir del 1 de enero de 2025

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Desde 2022 se inició un proceso en todos los centros urbanos con más de 50.000 habitantes, en el que la comunidad de Madrid ha sido pionera: el establecimiento de las Zonas de Bajas Emisiones y la prohibición de circular en ellas, de forma escalonada. Sobre todo para aquellos vehículos que no posean las etiquetas ambientales y no cumplan con las normativas europeas sobre emisión de gases contaminantes más recientes.

Durante la primera mitad de 2024, las autoridades realizaron una campaña para informar a los conductores de coches y otros vehículos sin etiquetas de cuáles eran las vías por las que ya no iban a poder circular. Después, en julio comenzaron a ser multados con 200 euros, aunque sin pérdida de puntos, aquellos conductores que no prestaron atención a las nuevas reglas para circular dentro de la ciudad.

Cuáles son las etiquetas que permitirán la libre circulación por las ZBE y las ZBEDEP

Hay que recordar que la Zona de bajas Emisiones en Madrid abarca toda la ciudad, y que dentro de ella hay además dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección: Distrito Centro y Plaza Elíptica. Desde julio de este año solo pueden circular coches con etiquetas ambientales B, C, Eco o Cero, es decir, coches con motor de combustión matriculados antes de 2001 y de 2006 (con motores de gasolina o diésel, respectivamente), los vehículos híbridos o que utilizan gas y combustibles sintéticos, y los coches 100% eléctricos.

Las principales víctimas de esta medida fueron los coches sin etiquetas ambientales: aquellos de motor diésel matriculados antes del 2006 y los de motor de gasolina matriculados antes de 2001, aunque se mantuvieron algunas excepciones hasta el 1 de enero de 2025.

Vehículos que ya no podrán circular en Madrid

Se suponía que ya en julio de 2024 ningún vehículo sin etiquetas ambientales podría entrar o circular por la ciudad de Madrid, pero se permitió que algunos con estas características siguieran transitando hasta enero de 2025: los coches sin etiquetas ambientales empadronados en la ciudad antes de 2022, los que pagaban el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid, los coches que transportan personas con movilidad reducida, las furgonetas y camiones, motocicletas y ciclomotores. Esto dejó fuera del radar y libres de multas a alrededor de 15.000 vehículos, pero estos ya no podrán seguir circulando por la ciudad después del 31 de diciembre de 2024.

Las restricciones en torno a las ZBE, y especialmente en las ZBEDEP, van a continuar, y es probable que antes de 2028 sean los coches de motor de combustión con etiquetas B y C (los que utilizan gasolina y diésel), los que comiencen a sufrir limitaciones para circular y aparcar. De hecho, actualmente, los vehículos con etiquetas B y C solo pueden entrar a las ZBEDEP si van a aparcar en estacionamientos públicos o privados presentes en estas zonas.

Las excepciones

Aunque las restricciones serán más rigurosas a partir de enero con todos los vehículos que no tengan posibilidad de optar a alguna de las etiquetas ambientales, y el tiempo de gracia para los vehículos sin etiquetas empadronados en la ciudad antes de 2022 habrá concluido, se mantendrán algunas excepciones.

Podrán seguir circulando por la Zona de Bajas Emisiones los vehículos para personas de movilidad reducida, siempre y cuando estén dados de alta en la web y porten la Tarjeta de Estacionamiento para Personas de Movilidad Reducida (TEPMR). También podrán circular por la ZBE y la ZBEDEP los vehículos históricos, aunque tendrán un número limitado de días para hacerlo (96 días al año); y seguirán circulando por estas zonas los coches y camiones de bomberos, y otros vehículos de emergencia.

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