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Ni abogados ni recursos: un ‘pequeño’ despiste legal le cuesta casi un millón de euros a Mango en los tribunales

por Paco Magar
20 de julio de 2025
Despiste legal le cuesta casi un millón de euros a Mango

Despiste legal le cuesta casi un millón de euros a Mango

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No todo el mundo sabe que en el sector de la moda también se aplican los derechos de autor. Todo lo que está vinculado a la ropa parece ser tan funcional, que resulta difícil imaginar que un evento de moda tenga algo que ver con la normativa de propiedad intelectual. Sin embargo, estos nexos existen. Así quedó demostrado por la multa millonaria que Mango tendrá que pagar por infringir derechos de autor.

Por desconocimiento o por descuido, la empresa Punto Fa S.L. , que opera la marca Mango, no tuvo en cuenta los derechos de autor en la apertura de una tienda y fue denunciada ante la justicia.

¿Por qué Mango debe pagar casi un millón de euros de multa?

La empresa que gestiona Mango fue llevada a tribunales por usar imágenes de Joan Miró, Antoni Tàpies y Miquel Barceló sin autorización. Los dos primeros ya han fallecido, Barceló aún vive. No las usó directamente en las prendas. En la inauguración de una tienda física en la Quinta Avenida de Nueva York, exhibió cinco obras físicas de los artistas mencionados.

También creó una colección de NFTs basados en las obras, que compartió en plataformas digitales como Decentraland y en el Marketplace OpenSea, y los usó en su campaña de marketing. Las obras en cuestión las había prestado temporalmente Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, VEGAP, para engalanar el mega evento de inauguración de Mango en Nueva York.

Pero la sorpresa llegó después, cuando VEGAP denunció a Mango por infringir la ley de protección de derechos de autor. Las obras fueron cedidas para exhibirlas en el evento, pero no para todo lo que Mango realizó a partir de ellas, incluidos los NFCs.

Mango se defiende

En su defensa, la marca sostuvo que al exponer las obras en la inauguración quiso ofrecer una oportunidad cultural el público, y que no tenía finalidad comercial directa. Aclaró que actuó de buena fe, y que, ante la demanda de VEGAP cesó inmediatamente en el uso de las obras. Además, explicó que ya ha solicitado la licencia para el uso de sus creaciones digitales.

¿Cómo fue el proceso legal de la denuncia?

El Juzgado de lo Mercantil N°9 atendió el caso en primera instancia. El 10 de enero de 2024 desestimó la demanda contra Mango. Argumentó que la firma no provocó daño alguno a la reputación o al honor de los autores de las obras. Muy por el contrario, contribuyó a la difusión de sus creaciones y al reconocimiento del valor de los creadores. Asimismo, explicó que VEGAP no había presentado pruebas de que tuviera derechos legítimos sobre las obras.

Ante esta sentencia, VEGAP presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona. Los magistrados actuantes estimaron los motivos presentados en la demanda y revocaron la decisión del Juzgado. Así lo estableció la sentencia 731/2025, de 5 de junio. El fallo sostiene que poseer una obra física no genera derechos para reproducirla, digitalizarla ni transformarla en NFTs. 

El tribunal consideró que se vulneraron los derechos patrimoniales y morales del  autor vivo y de los herederos de los otros dos.

¿Qué obligaciones impone la sentencia del Tribunal a Mango?

En primer lugar, la sentencia obliga a Mango a dejar de usar inmediatamente las obras, destruir los NFTs y eliminar todas las promociones basadas en esas obras. Además deberá pagar una indemnización de 500.000 € por daños patrimoniales, 250.000 € por daños morales. Además tenía que hacerse cargo de  los gastos de investigación y de procesos, que suman 380 €. Un total de casi 800 mil euros.

El Tribunal dispuso también que Mango debía publicar la sentencia en su web y redes sociales. La historia no ha terminado. Mango ha anunciado que recurrirá al Tribunal Supremo.

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