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Desaparece tres días en Madrid cargando gastos a la empresa y todo acaba en los juzgados: así se pronunció el juez

por Paco Magar
4 de octubre de 2025
Desaparece tres días en Madrid cargando gastos a la empresa

Desaparece tres días en Madrid cargando gastos a la empresa

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Hasta hace poco tiempo, muchos empleados aprovechaban los cursos de formación pagados por la empresa, sobre todo cuando se trataba de destinos alejados del lugar habitual de trabajo, para echarse una escapada, relajarse y hacer turismo. A veces los tiempos entre conferencias y clases permiten conocer un poco, pero hay que tener cuidado.

Una cosa es aprovechar los períodos de descanso en un curso de formación para conocer un poco, y otra utilizar parte del tiempo destinado a la formación para pasear e incurrir en gastos que deberán ser cubiertos por la empresa donde trabajamos hasta ese momento. Entre otras cosas, porque estaremos cometiendo una falta que puede ser motivo de despido disciplinario.

De Las Palmas a Madrid, y de Madrid al desempleo

La introducción está directamente relacionada con un caso reciente en el que un empleado fue enviado por su empresa desde Las Palmas de Gran Canaria a Madrid para realizar un curso de formación, y como resultado y en gran medida debido a sus acciones, en vez de un ascenso obtuvo un despido disciplinario. La historia transcurre en un período de menos de una semana: el empleado viaja a un curso con todos los gastos pagados por la empresa. El primer día asiste al curso, va a cenar luego con los compañeros y de regreso al hotel paga 63 euros por utilizar un taxi.

El segundo día, el empleado no se presenta al curso y la empresa notifica la desaparición a la policía; pero el empleado aparece al día siguiente en el hotel, recoge sus cosas, modifica la fecha de retorno a Las Palmas y vuelve a desaparecer. Cuando el empleado volvió a Gran Canarias justificó su conducta afirmando que debió ser atendido por una crisis de ansiedad durante su estancia en Madrid, pero no presentó ninguna prueba. Y justificó el pago excesivo del taxi porque este primero lo había llevado a una dirección equivocada.

La empresa consideró que la conducta del empleado había sido una clara muestra de abuso de confianza y en consecuencia vio justo aplicar un despido disciplinario, es decir, sin indemnización.

El caso va a tribunales

El empleado no quedó conforme con la medida y llevó su caso al Juzgado de lo Social N° 7 de Las Palmas, que después de estudiar el caso decidió a favor de la empresa, ratificando el despido sin indemnización y que el trabajador no tenía derecho a ser readmitido. El exempleado insistió llevando su reclamación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que confirmó la sentencia del Juzgado al considerar el despido disciplinario procedente.

Cuáles fueron los argumentos de la justicia para apoyar la decisión de la empresa

Ambos tribunales coincidieron en los siguientes puntos, que justifican plenamente el despido disciplinario por “abuso de confianza”:

  • Los cargos excesivos en Madrid no justificados por el curso, como el pago de los 63 euros y el cambio en la fecha del vuelo de regreso.
  • No haber cumplido con el objetivo del viaje a Madrid, que era por el que le estaba pagando la empresa, al faltar al curso y ausentarse sin justificación.
  • La desaparición del hotel sin comunicarse con la empresa, que hizo que esta avisase a la policía.
  • En general, la ausencia de excusas para explicar por qué no realizó el curso para el que fue enviado a Madrid.

Tal y como se especifica en el artículo 54.2d del Estatuto de los Trabajadores, se considera motivo de despido disciplinario: “La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo”.

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