La DGT se encuentra con un riesgo permanente y creciente de incongruencia normativa. En su afán de modernizar la regulación y adaptarse a las innovaciones en la movilidad, ha emitido propuestas que, aunque son muy bien intencionadas y en apariencia solucionan un problema, pueden generar confusión y desconformidad entre los conductores.
Estas incoherencias y contradicciones provocan el cuestionamiento de la legitimidad y capacidad técnica del organismo. Hay opiniones que manifiestan que este problema es evidencia de que no existe una arquitectura normativa integrada y estructural que permita anticipar interacciones entre medidas y evaluar sus impactos.
Se atribuye esta falta de armonía normativa a la ausencia de coordinación y a la presión por responder a las demandas inmediatas. La entidad responsable del tráfico actúa con urgencia y en estas prisas no tiene en cuenta la visión sistémica. La contradicción normativa debilita la confianza. Muchos conductores sienten que no tienen por qué obedecer las normas que son incoherentes. No lo hacen por rebeldía, sino porque la realidad no es clara.
Hay estudios de la DGT que muestran que el incumplimiento de algunas normas no se explica solo por la falta de control, sino por la percepción de que no tienen sentido práctico o coherencia. El impacto es aún mayor cuando un guardia civil implicado en los controles reconoce públicamente incongruencias que se sancionan con multas.
La incongruencia en el uso de dispositivos digitales con pantalla: así lo ve el Guardia Civil de Tráfico Carlos Conde
Carlos Conde, agente de la Guardia Civil de Tráfico, ha manifestado en redes sociales y en entrevistas que es incongruente la normativa de la DGT que regula el uso de pantallas en los vehículos. Nadie entiende por qué se sanciona el uso del móvil, pero no la manipulación de pantallas integradas en el vehículo, aunque ambas generan la misma distracción.
La normativa sanciona el uso del móvil. Sin embargo, si el conductor sube el volumen de la música, activa un video, elige un audio, no le pasa nada. En sus declaraciones, Conde explica que los agentes están obligados a multar automáticamente a los conductores que tocan un móvil, aunque esté en el soporte. Pero la normativa no habla de sanciones si se opera la pantalla integrada.
Es una situación injusta para los conductores y difícil de sancionar para los Guardias Civiles, que deben dar la cara ante ellos. No tienen argumentos para explicar el porqué de las diferencias. Se enfrentan al malhumor de la gente, que en parte tiene razón de ser. Además, las nuevas cámaras instaladas en las carreteras detectan automáticamente el uso del móvil y generan la multa. Pero no operan de igual manera si el conductor toca la pantalla del dispositivo digital integrado a su vehículo.
Muchos creen que si llevan el móvil en un soporte homologado y reglamentario, no recibirán ninguna sanción. Después de todo, implica la misma distracción que cuando operan el ordenador del vehículo. Pero esta creencia es errónea. Aunque el teléfono esté en el soporte y el conductor no lo sostenga con la mano, si lo toca y es detectado le puede costar una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carnet de conducir.
¿Por qué no se corrigen las normas una vez que se detectan las incongruencias?
El sistema de gestión normativa de la DGT requiere de largos procesos jurídicos y administrativos. Sus propuestas se tramitan a través de normas con rango legal o reglamentario, que requieren aprobación de otros organismos del Estado. Por esta razón, aunque se detecte una contradicción o incongruencia entre normas, es muy difícil y largo el proceso para cambiarlas. Lleva muchos meses concretar cualquier modificación, y estas demoras son más largas aún si es necesaria la negociación de los parlamentarios.
Por lo tanto, lo que hay es lo que se controla y lo que se sanciona. Esto es un NO rotundo a los teléfonos móviles.
