El Adelantado de Segovia
  • Motor
  • Economía
  • Sociedad
  • El Adelantado
  • US
El Adelantado de Segovia

Pillan a un conductor de ambulancia a 143 km/hora y todo acaba en los juzgados: esta fue la justificación que dio

por Paco Magar
19 de noviembre de 2025
en Motor
Pillan a un conductor de ambulancia a 143 km/hora

Pillan a un conductor de ambulancia a 143 km/hora

Ni yoga ni meditación: estas son las 2 formas más efectivas de quitarte el estrés de verdad, según un experto

James Cameron, sobre la escena de ‘Titanic’ que nadie quería que saliera y es famosísima: «Me suplicaban que la quitase»

Adiós a las dudas: la DGT aclara si pueden multarte por conducir demasiado el carril izquierdo

Las ambulancias son uno de los pocos vehículos que pueden circular a máxima velocidad sin que los otros conductores se sorprendan o lo tomen a mal. Son vehículos que vienen precisamente equipados para indicar que están atendiendo una emergencia e inspiran el mismo respeto y admiración que los coches de bomberos, sin el temor que transmiten los vehículos policiales.

A pesar de ser vehículos de emergencia y de tener ciertos privilegios y derechos en las vías, deben respetar las leyes de tráfico. Por eso es tan indignante cuando nos enteramos de que alguien utiliza una ambulancia de forma inadecuada, y entendemos que esto pueda ser motivo de despido, y hasta de otras penalizaciones.

Con un paciente adentro se detiene a comer churros, y otras faltas

El caso se presentó con un empleado que trabajaba como conductor de ambulancia para una empresa de transporte sanitario por carretera con contrato con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). Un empleado que entre marzo y abril cometió una serie de faltas que condujeron a un despido disciplinario. La empresa es Digamar Servicios S.L. ofrece servicio de ambulancias para trasladar enfermos por carretera y tiene contratos con el SESCAM. Esta compañía ha tenido problemas con sus trabajadores por el pago de las horas extraordinarias y por cambios imprevistos en la jornada laboral.

Entre marzo y abril de 2023, el trabajador presentó un retraso injustificado de 20 minutos al recoger a un paciente. Entre otras cosas, paradas no autorizadas de veinte minutos o más, con o sin pacientes, para comer churros y tomar café. También llegadas al trabajo con 20 minutos de retraso, y luego conducción a 143 km/h para recuperar el tiempo perdido. Es indignante, sin duda. Y cualquiera pensaría que esta historia acabó aquí, pero no fue así, el exempleado llevó su caso a la justicia.

Un conductor de ambulancia en los tribunales

El caso fue llevado por el Juzgado de lo Social N° 2 de Guadalajara, que en sentencia de abril de 2024 falló a favor de la empresa, al considerar que el despido era procedente y que no se habían vulneradolos derechos sindicales fundamentales del trabajador. El argumento del trabajador era que la empresa se había inventado razones para despedirlo, argumentando su actividad en el sindicato USO (Unión Sindical Obrera), y por reclamaciones que había introducido por horas extraordinarias que no le habían sido pagadas.

La empresa insistió en que no había ninguna clase de persecución y que la decisión de despedirlo se basó en motivos concretos: impuntualidad, paradas no autorizadas poniendo en riesgo a los pacientes, y conducción imprudente. Insatisfecho con este fallo, el exconductor de ambulancia llevó su recurso al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por considerar que el despido era injusto, que el fallo del Juzgado en lo Social fue equivocado, y exigiendo a la empresa una indemnización de 35.000 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha no dio ningún viraje inesperado y confirmó el fallo del Juzgado de lo Social N° 2 de Guadalajara, y la decisión de la empresa. Por ello, el despido del empleado fue completamente legal, y no violó ninguna clase de derecho sindical.

Algunas conclusiones y precedentes que se derivan de este caso

Aunque existan problemas gremiales y asuntos que la empresa debe resolver con los trabajadores, quedó claro en este caso que los mismos no motivaron el despido, y que la actividad sindical no puede servir para cubrir actos de negligencia, más cuando estos pueden afectar a pacientes. Si trabajamos en el sector de salud, debemos comprender que los derechos laborales y las luchas gremiales son importantes, pero también ser puntual y cumplir con los protocolos, y garantizar la seguridad de los pacientes.

  • Política de cookies
  • Política de privacidad

© 2024 El Adelantado de Segovia

  • Motor
  • Economía
  • Sociedad
  • El Adelantado
  • US

© 2024 El Adelantado de Segovia