Con la llegada de la Navidad, los cuernos de reno sobre el techo de los coches y una pelota roja en el capó a modo de nariz se multiplican cada vez más. Para estas fiestas, un montón de vehículos que circulan por las vías toman la apariencia de Rudolph, uno de los renos más famosos de Papa Noel.
De hecho, esta tendencia se extiende cada vez más, pero también puede traer algunos inconvenientes, relacionados en este caso con el Reglamento General de Vehículos; que, si se toma de manera literal, podría traer como resultado una multa. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado que hay ciertas dudas sobre la aplicación estricta de estas sanciones vinculadas con la moda navideña.
Bajo este contexto y según nos cuentan en xataka, hay cierta incertidumbre si decorar un coche con cuernos de reno en las ventanillas y una pelota roja en el capó es un acto ilegal. Si estos elementos afectan a las medidas de la carrocería y, conforme a la norma vigente, deben contar con su oportuna homologación.
¿Qué dice la norma sobre estos elementos decorativos?
A pesar de que una multa de 500 euros por tener estos elementos decorativos en el coche sea algo exagerada para muchos, lo cierto es que si un agente sigue de forma estricta las reglas definidas, tiene todos los medios para sancionar al conductor por el porte de estos accesorios. De acuerdo con la DGT, la multa se aplicaría por una lectura literal de la normativa, pero la Guardia Civil no está para eso, en estos casos tendría que multar si se pone en riesgo la seguridad al volante o impacta en la conducción, sin embargo, sería la excepción.
Es decir, que la lectura literal de la normativa aprueba una dura sanción para quien escoja decorar con estos elementos su coche, solo si pone en riesgo la circulación y la seguridad cuando se está frente al volante. Los motivos de esta disposición se muestran en el artículo 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el cual señala que se considera una infracción circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas establecidas por norma.
Multas vinculadas con estos elementos decorativos como cuernos de reno
Tomando en cuenta el artículo 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, un agente puede multar a un conductor al comprender que los cuernos de reno son accesorios que no han sido homologados. Lo cual vulnera las condiciones técnicas definidas por normativa y se trae como consecuencia la imposición de una multa
De ser este el caso la multa sería de 200 euros, pero si se entiende como una infracción muy grave la sanción se elevaría a 500 euros. Por otro lado, hay que tomar en cuenta que tanto por los laterales como por la zona superior del coche no pueden sobresalir ningún tipo de elemento; si este llega a pasar por regla se entiende que el vehículo presenta una reforma de importancia.
La importancia de la reforma se establece en el Reglamento General de Circulación (Anexo I), el cual va de forma directa al Real Decreto 736/88. En esta norma se especifica que se considera una reforma de importancia, y por ello deben ser homologadas si se produce el cambio de alguna de las características indicadas en la tarjeta ITV del vehículo y no incluida en los casos anteriores.
Ante este panorama, hay que tener en cuenta que los cuernos de reno estarían aumentando de forma ligera la altura especificada en la tarjeta de la ITV. Las reformas de importancia deben ser certificadas por un taller, quien verifica que estos accesorios no suponen un problema para la seguridad vial.
