La pensión de viudedad es aquella que otorga la Seguridad Social a la pareja de una persona que llevaba determinado tiempo cotizando un mínimo de 5 años antes de producirse la muerte, o que haya fallecido a causa de un accidente laboral.
En una manera de evitar que el cónyuge quede desprotegido, y que se puedan cubrir sus necesidades económicas esenciales. Esta pensión ha sido actualizada en 2025 para tratar de adaptarla a los cambios producidos por la inflación.
Beneficios de esta pensión
- Sustento económico: La pensión de viudedad proporciona un ingreso regular que puede ser fundamental para la estabilidad financiera de la persona que ha perdido a su pareja. Esto ayuda a cubrir gastos básicos como la vivienda, alimentación y servicios.
- Acceso a servicios y ayudas: En algunos casos, la percepción de la pensión de viudedad puede facilitar el acceso a otros servicios y ayudas sociales, como subsidios o programas de asistencia.
- Protección social: La pensión de viudedad forma parte de un sistema de protección social más amplio, que busca garantizar ciertos derechos y bienestar a las personas en situaciones vulnerables, como es el caso de los viudos y viudas.
- Reconocimiento del vínculo afectivo: Al otorgar una pensión de viudedad, se reconoce oficialmente la relación entre los cónyuges o parejas de hecho, lo que puede ser un aspecto importante en términos de derechos y dignidad personal.
- Compatibilidad con otros ingresos: Dependiendo de la legislación vigente, en algunos casos es posible que la pensión de viudedad sea compatible con otros ingresos o pensiones, lo que permite a la persona mejorar su situación económica sin dejar de recibir esta ayuda.
Los cambios en la pensión de viudedad que entran en vigor en 2025
El objetivo de esta pensión es que las parejas que se encontraban en algún grado de dependencia económica con la persona fallecida que estaba de alta en la Seguridad Social, no queden en situación de pobreza.
Pero lo cierto es que se trata de un objetivo difícil de cumplir, debido a fenómenos como la inflación.
Para compensar en parte la brecha que se está produciendo entre las pensiones mínimas y el umbral de pobreza, este año se aprobó un aumento entre el 6% y el 9,1% en las pensiones de viudedad. Ha sido en el marco de lo que se conoce como “reforma Escrivá”, por haber sido su principal impulsor José Luis Escrivá, cuando se desempeñaba como ministro de Inclusión y Seguridad Social.
Estos cambios en la pensión, contemplados en el Real Decreto 35/2025, buscan llevar en los próximos años las pensiones lo más cerca posible, hasta un 75%, del umbral de pobreza de un hogar unipersonal.
Cómo quedan las pensiones con el aumento
Como sucede con otras pensiones, no se trata de un mismo importe para todos los beneficiarios y este dependerá de factores como la carga familiar o la edad de la persona que tiene derecho a la pensión. Los importes de las pensiones, de menor a mayor, vendrían siendo estos:
- Menores de 60 años sin cargas familiares: 9.275 euros anuales, es decir, 662,50 euros mensuales, en 14 pagas.
- Personas entre 60 y 64 años: 11.452 euros anuales, que equivalen a 818 euros mensuales, en 14 pagos.
- Personas mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 12.241,60 euros, distribuidos en 14 pagos de 874,40 euros.
- Personas con cargas familiares: 15.786,40 euros, que se corresponden con 1.127,60 euros mensuales.
Cómo se calcula el importe de la pensión de viudedad
El importe de la pensión de viudedad se calcula a partir de la base reguladora del trabajador fallecido, y viene siendo alrededor de un 52% de la misma. También es cierto que puede aumentar a un 70% si el pensionista tiene hijos a cargo, es responsable de alguna persona con discapacidad o es mayor de 65 años.
En el caso de los mayores de 65 años, si estos no tienen otra pensión o ingresos adicionales, tendrán derecho a una pensión equivalente al 60% de la base reguladora. Cuando el importe queda por debajo de la cuantía mínima establecida, se puede solicitar un complemento.
Estos complementos se otorgarán cuando el ingreso de una persona sin persona a su cargo no supere los 9.193 euros anuales; y con persona a cargo, los 10.723 euros anuales. En caso de superar estos límites el complemento se ajustará o podría eliminarse por completo.
Requisitos mínimos para acceder a la pensión de viudedad
Los requisitos para acceder a esta pensión son tener una relación claramente establecida con la persona fallecida, y que esta se encuentre de alta en la Seguridad Social.
En caso de muerte por enfermedad común, la persona debe haber cotizado un mínimo de 5 años. Pero en caso de que la muerte se haya producido por causa laboral, no se exigirá un mínimo de cotización.
