Se supone que las relaciones laborales entre patrones y empleados deben ser de confianza, sobre todo cuando han estado interactuando juntos durante un gran número de años. Sin embargo, esto no es realmente así, sobre todo cuando se trata de grandes corporaciones, empresas con miles de empleados y donde las relaciones son más impersonales.
Podría ser este, al menos en parte, un caso que se presentó en tiempos recientes en Zara y que terminó en los tribunales, en el que la empresa dudó de la honestidad de una empleada, y esta se defendió cuando se consideró injustamente acusada. Se trata de un caso que también aborda el tema del derecho a la intimidad en el trabajo.
Zara contra una empleada que está de baja
La situación a la que nos referimos ocurrió en una tienda Zara en la que se estaban realizando obras de renovación en septiembre de 2023. Como parte de los trabajos, había que reemplazar las taquillas de los empleados, y una de estas taquillas era la de B, una empleada con más de 20 años en la empresa que en ese momento estaba de baja médica. Para pasar las cosas de B de la taquilla vieja a la nueva, se creó un grupo especial, conformado por la subdirectora de la tienda, la jefa de obra, la representante sindical y una ‘manager’. Fue entonces cuando se encontraron con algunas prendas nuevas, aún con las etiquetas, que no aparecían registradas en los inventarios.
Hablamos de cinco prendas de marca, entre las que se encontraban unas zapatillas, que fueron colocadas en la nueva taquilla. Cuando la empleada regresó de la baja médica fue interpelada y se defendió señalando que eran prendas que había comprado, aunque no pudo mostrar ningún comprobante de compra. La empresa asumió que había robado y en consecuencia aplicó un despido disciplinario, pues se trata de una falta grave. La empleada fue despedida en marzo de 2024.
La empleada contraataca
Para B, que hayan forzado su taquilla y la hubieran revisado sin estar presente, constituyó una violación de su intimidad. Hizo la reclamación correspondiente en la empresa y, al no obtener el resultado esperado, acudió al Juzgado de lo Social N° 41 de Madrid. En este tribunal se analizaron varios aspectos: si el registro de la taquilla había sido legal, las compras que B realizó con la tarjeta Affinity, y la seguridad y fiabilidad de los sistemas de inventario de Zara.
La conclusión de la magistrada fue que el registro fue ilegal y que abrir la taquilla sin estar presente la empleada “quebrantó las garantías mínimas de dignidad y privacidad”. Por lo que además las pruebas obtenidas eran completamente ilegales, y no servían como evidencia.
Sin esta evidencia, el despido era completamente ilegal, por lo que la magistrada dio dos opciones a la tienda: reincorporar a la empleada pagándole todos los salarios perdidos, a razón de 126,03 euros diarios. O bien compensar a la empleada con un pago de 90.742,72 euros, a lo que hay que agregar 7.501 por concepto de vulneración del derecho a la intimidad.
Naturalmente, Zara no se quedó tranquila con esta sentencia y recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ratificó el fallo del Juzgado N°41 de lo Social, y además obligó a la tienda a pagar las costas, que son alrededor de 800 euros en honorarios. La sentencia y su ratificación por instancias superiores recuerda a empresas como Zara, que pongan medidas estrictas para controlar los robos internos de mercancía, que se debe respetar el derecho a la intimidad y que los controles siempre deben hacerse en presencia de los empleados, o con estos debidamente informados.
