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Es oficial: el juzgado reconoce a un hombre la discapacidad que le negaba la Seguridad Social amparándose en este motivo

por Paco Magar
11 de julio de 2025
Es oficial: el juzgado reconoce a un hombre la discapacidad

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La Seguridad Social se guía por una lista de enfermedades y se asesora con diferentes especialistas, tanto de la salud como del derecho laboral, para determinar en qué casos existe incapacidad parcial o total, y cuándo se deben conceder pensiones o no. Pero esto no significa que no puedan cometer errores, o que puedan perder casos en los tribunales.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias acaba de fallar contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en un caso que probablemente consideraban seguro de ganar. Se trataba de un trabajador autónomo que solicitaba la pensión por incapacidad permanente por una serie de problemas de salud que incluían el alcoholismo crónico.

Un conductor autónomo con problemas de alcoholismo contra la Seguridad Social

Se trata de una persona nacida en 1961 que venía trabajando como conductor profesional autónomo de transporte y maquinaria pesada, y que en 2024 comenzó a tramitar la pensión por incapacidad permanente, debido a varias patologías crónicas, entre las que destacaba un síndrome de deprivación alcohólica tratado con benzodiacepinas.

Las otras patologías por las que estaba solicitando la incapacidad permanente eran las siguientes: diabetes tipo II, hipoacusia bilateral, migrañas (con síncopes y vértigo), artrosis de cadera con dolor y un leve deterioro cognitivo. A pesar de todas estas patologías, el INSS consideró que la solicitud no era procedente, y una vez que cumplió con todos los pasos administrativos, sin obtener un resultado favorable, el trabajador autónomo acudió a la justicia en marzo de 2024.

El caso se tramitó en el Juzgado de lo Social N° 1 de Gijón, en octubre, donde falló parcialmente a favor del trabajador, y determinó que le correspondía una pensión de un 75% de la base reguladora, lo que equivalía a 1.479,28 euros mensuales. Ni la Seguridad Social ni el trabajador autónomo estuvieron de acuerdo con la decisión, y ambos recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Hay que decir que el trabajador buscaba la incapacidad absoluta, no la permanente, y la Seguridad Social no quería otorgar ninguna de las dos.

La decisión del TSJA sobre concederle la discapacidad

Finalmente, en mayo de 2025, la Sala de lo Social del TSJA ratificó la decisión del Juzgado de lo Social N° 1, desestimando así los recursos presentados por ambos querellantes. Se consideró que el conductor efectivamente estaba incapacitado para seguir haciendo su trabajo habitual, pero no para otro tipo de actividad.

Para los miembros del tribunal, no hay dudas de que las diferentes patologías que afectan al paciente, y los medicamentos que debe tomar para tratarlas, justifican claramente que se le otorgue la incapacidad permanente. Se hace además énfasis en que el etilismo crónico y la medicación para tratarlo “no solo contraindican, sino que prohíben” conducir profesionalmente.

El argumento, o la evidencia principal de la Seguridad Social para negar la incapacidad al conductor, es que este conservaba el carnet de conducir vigente. Sin embargo, para el tribunal esto no significaba nada, y seguía haciendo desaconsejable que el trabajador se pusiera al frente de un volante. Al mismo tiempo, le negó al trabajador la incapacidad absoluta por considerar que, a pesar de sus patologías, no estaba completamente inhabilitado para realizar otras actividades. Además, que la incapacidad absoluta debe reservarse para situaciones más extremas.

El proceso llevó algo más de un año, comenzó en marzo de 2024 y concluyó en mayo de este año, sin embargo todavía es posible la introducción de un recurso de casación, aunque se considera improbable que el resultado cambie, para cualquiera de los dos. Este caso puede servir como precedente para los conductores profesionales que sufren de adicciones y quieren tramitar la incapacidad permanente.

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