La okupación ilegal de viviendas en España se ha convertido en un problema social y jurídico. El incremento de las acciones del movimiento de los “okupas” preocupa tanto a propietarios particulares como a nivel social en general.
En el período 2018-2024 la okupación creció en un 34,7%. Uno de los aspectos más conflictivos de este problema radica en los plazos y procedimientos legales para recuperar una vivienda ocupada. Aunque existen mecanismos judiciales específicos para desalojar a los okupas, los procesos se han alargado un 50% en el tiempo.
Si los ocupantes alegan vulnerabilidad social, no se ejecuta el desalojo antes de que los servicios sociales resuelvan su problema. Y los engranajes se mueven muy lentamente. Se establece un desequilibrio que atenta contra los derechos de los propietarios.
Los informes dicen que España está viviendo un retroceso en el fenómeno de usurpación de viviendas. Ocupa el puesto 22 entre 37 países analizados por la OCDE. Este índice evalúa aspectos como la protección de los derechos de propiedad. España se encuentra por debajo de la media tanto de la OCDE como de la Unión Europea.
Esta realidad se interpreta como de ineficiencia en la protección de la propiedad privada. Asimismo, los analistas consideran que el marco regulatorio no garantiza plenamente estos derechos.
El malestar general obliga al gobierno a tomar medidas para aliviar el peso de este problema.
Una nueva ley anti okupas entró en vigor el 3 de abril
Después de mucho ir y venir de propuestas que morían apenas aparecían, se aprobó una ley antiokupas que está vigente desde el 3 de abril del 2025. La ley introduce cambios en el tratamiento de la ocupación ilegal de viviendas.
La reforma legal tiene como objetivo principal agilizar los procedimientos de desalojo. También refuerza las sanciones para quienes ocupan inmuebles sin autorización.
Una de las modificaciones más destacadas de la ley es la inclusión del delito de usurpación de vivienda en el procedimiento de juicios rápidos.
Esto permite que los casos de ocupación ilegal se tramiten en un plazo aproximado de 15 días. En teoría, de acuerdo a lo que la ley establece, se reducen considerablemente los tiempos de espera que anteriormente podían extenderse durante meses.
La nueva ley permite también que la policía actúe en las primeras 48 horas de ocupación. Los okupas serán desalojados inmediatamente.
La cuestión de los “inkiocupas” y la vulnerabilidad
La nueva ley no aborda de manera específica situaciones como las de los “inkiocupas”. Generalmente, son inquilinos que dejan de pagar el alquiler pero continúan en la vivienda declarándose en condiciones de vulnerabilidad social.
Los entendidos dicen que probablemente requieran de procedimientos legales distintos que extiendan los plazos. Este problema continúa sin resolver y los propietarios siguen quejándose por esa situación.
¿Cómo se debe proceder con los okupas a partir de la vigencia de la nueva ley?
La abogada Arantxa Goenaga realiza declaraciones contundentes vinculadas con la nueva ley.
¿Qué debe hacer el propietario de una vivienda cuando su propiedad se ha ocupado ilegalmente? El primer paso es denunciar ante la Policía o Guardia Civil. Si la ocupación es reciente y flagrante, especialmente dentro de las 48 horas, las fuerzas policiales pueden intervenir de inmediato para desalojar a los ocupantes.
En caso de que la ocupación no sea reciente, el propietario debe iniciar un proceso judicial. La ley establece la posibilidad de obtener una resolución en 15 días. Sin embargo la abogada Goenaga señala que, en la práctica, dependerá de los tiempos judiciales, por lo que puede demorar más.
En todos los casos, el propietario denunciante debe presentar documentos que acrediten la titularidad del inmueble. Los propietarios esperan ansiosamente que los procedimientos sean efectivos y que la nueva ley tenga los resultados esperados.
