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Paga menos en la Declaración de la Renta: los 11 gastos de los que puedes desgravarte y casi nadie lo hace

por Paco Magar
2 de abril de 2025
Paga menos en la Declaración de la Renta: los 11 gastos de los que puedes desgravarte y casi nadie lo hace

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La Agencia Tributaria ha difundido el calendario que establece los plazos para la declaración del IRPF. El 2 de abril se inicia el período de presentación del formulario por web o por la app móvil de Hacienda. 

A partir del 6 de mayo, se podrán presentar las declaraciones por teléfono, y desde el 2 de junio se puede realizar presencialmente en las oficinas de la entidad recaudadora. Como límite, el 30 de junio termina el plazo para presentar la declaración.

Para realizar la declaración, es conveniente revisar los datos proporcionados por la Agencia Tributaria, ya que pueden contener errores o no incluir deducciones aplicables.

Es conveniente que los contribuyentes comprueben si se ha aplicado correctamente la retención en la nómina y por otros ingresos, para evitar pagar de más o recibir una devolución inferior a la que corresponde.

Un aspecto relevante es conocer las deducciones disponibles, que reducirán el monto a pagar.

¿Qué son las deducciones que permiten pagar menos IRPF?

Las deducciones son mecanismos que disminuyen la carga fiscal de los contribuyentes. Se aplican una vez calculada la cuota íntegra del impuesto y sirven para reducir el importe final a pagar.

Los 11 gastos que pueden deducirse del IRPF y que permiten pagar menos son los siguientes:

  • Inversión en reformas o adaptaciones en vivienda habitual

Está vigente para quienes compraron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 o para quienes comenzaron a construir antes de esa fecha. En caso de las modificaciones para discapacitados, deben haberse pagado antes del 1 de enero de 2013. Además, es requisito que en la declaración del 2012 o anteriores ya se haya solicitado esta deducción.

  • Alquiler de vivienda habitual

Se aplican deducciones para inquilinos siempre que su contrato sea anterior a 2015, con límites de renta y edad. Algunas Comunidades Autónomas también disponen de deducciones especiales.

  • Actividades económicas

Los autónomos y empresarios pueden deducir ciertos gastos relacionados con su actividad. Se incluyen la cuota mensual de autónomo, suministros, dietas especiales, consumos de explotación, alquileres, gastos de personal, gastos financieros, entre otros.

  • Aportaciones a planes de pensiones

Las cantidades aportadas a planes de pensiones reducen la base imponible, con un límite actual establecido en 1.500 euros para el 2025. Si el plan de inversión es empresarial, el tope podrá incrementarse hasta en 8.500 euros.

  • Familia numerosa

Las familias con tres o cuatro hijos deducirán 1200 euros en el impuesto. Las que tienen 5 o más hijos, podrán deducir hasta 2.400 euros. Si padre y madre solicitan la deducción, se repartirá la cuantía entre ellos.

  • Maternidad

Las trabajadoras madres con hijos menores de tres años pueden solicitar una deducción por gastos de guardería o educción infantil.

  • Donación a entidades sin ánimo de lucro

Las donaciones a ONG permiten deducir un porcentaje del aporte, que puede llegar hasta un 80% de la cuantía donada. También son deducibles las cuotas pagadas a sindicatos, colegios profesionales o partidos políticos.

  • Hipoteca

Las hipotecas adquiridas antes del 2013 permiten deducir hasta un 15% de la suma que se haya devuelto a lo largo del año. La base máxima es 9.040 euros anuales.

  • Inversión en empresas

Esta deducción es válida para empresas de reciente creación. Se puede deducir un porcentaje de las cantidades invertidas en startups. La base máxima es 100.000 euros anuales, por lo que el contribuyente podrá reducir hasta 50.000 euros.

  • Adquisición de vehículos eléctricos

Puede deducirse un 15 % del gasto generado por la compra de un vehículo eléctrico o instalación de un punto de carga, sobre un máximo de 20.000 euros.

  • Mejorar la eficiencia energética

También se aplican deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas. El contribuyente puede ahorrarse entre 5.000 y 7.5000 euros.

Varias comunidades autónomas también disponen de deducciones especiales, por lo que es conveniente consultar la normativa correspondiente al lugar de empadronamiento.

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