En pocos días comenzará la Campaña de la Renta de la Agencia Tributaria, correspondiente al ejercicio fiscal 2024, y que se extenderá desde el miércoles 2 de abril hasta el 30 de junio. Son tres meses que estresan a millones de españoles y en los que muchos eligen, como salida más rápida, confirmar el borrador de la declaración de la renta.
Hay que decir adiós a esta práctica o al menos no hacerlo con los ojos cerrados, entre otras cosas porque Hacienda se puede equivocar con los datos, pero los que vamos a pagar la multa somos nosotros.
La Agencia Tributaria, nuestros datos y las multas
El borrador de la declaración de la renta es una herramienta sumamente útil para tener una idea de nuestros ingresos, las deducciones que nos tocan y lo que nos corresponde pagar. Sin embargo, no podemos considerar como perfectos todos los datos que aparecen en el borrador y, de hecho, es posible que haya información desactualizada, o que no aparezcan todas las deducciones que nos corresponden.
No es que vayamos a dejar de utilizar el borrador, es que debemos revisarlo muy bien antes de darle carácter definitivo. Si dejamos que el borrador pase a ser la declaración de la renta definitiva y hay errores u omisiones, la multa puede oscilar entre 150 y 250 euros.
Cuáles son los errores más comunes
Hay que tomarse un tiempo y revisar con atención el borrador de la declaración de la renta, desde los datos personales hasta los financieros. También desde la dirección de nuestro domicilio hasta las deducciones estatales y autonómicas a las que podemos acceder.
Respecto a los datos personales, es posible que en 2024 hayamos cambiado de domicilio o haya un nuevo miembro en la familia o nos hayamos separado, y esa información no esté actualizada en el borrador.
Si nos divorciamos, hay que verificar que la información sobre los bienes sea la indicada, y si está incluida la pensión compensatoria.
Cuando tenemos inmuebles que producen rendimientos, hay que comprobar que las cifras sean las correctas. Si estamos percibiendo ingresos por alquiler y estos no aparecen registrados en el borrador, hay que incorporarlos. Hacienda tiene formas de saber cuándo omitimos información.
Igualmente puede ocurrir que nos correspondan deducciones autonómicas o estatales y estas no aparezcan registradas en el borrador, en cuyo caso hay que hacerlo. De hecho, no es que Hacienda lo haya olvidado, es que debemos hacerlo nosotros.
Las deducciones de las comunidades autónomas más comunes son las relacionadas con familia numerosa, por nacimientos, monoparental, por alquiler de vivienda, por guardería, por libros de texto o por aprendizaje de idiomas o de informática, etc.
También hay que estar atentos con las aportaciones para los planes de pensiones, que a veces no aparecen registradas en el borrador. Hay que revisar en el apartado “Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social”.
¿Qué hacer si conseguimos errores en el borrador de la declaración?
Se denomina borrador porque precisamente se trata de un documento que puede ser corregido. Si hay errores y omisiones, simplemente hay que presentar una nueva declaración de la renta con todas las correcciones incorporadas.
Pero si descubrimos los errores después de haber enviado la declaración, hay dos cosas que podemos hacer:
- Solicitar una rectificación. Si hemos pagado de más, o la devolución de Hacienda no fue la que esperábamos, debemos enviar una comunicación a la Agencia Tributaria, explicando cuál fue el error y respaldando esta información con la documentación respectiva.
- Si, por el contrario, pagamos menos de lo que correspondía, el paso siguiente es realizar una declaración complementaria, que también se puede hacer a través de Renta Web.
