El hecho de modificar o manipular la matrícula de un automóvil es considerado una infracción vinculada al tráfico, que por tanto conlleva penalizaciones. Las placas de matrícula deben ser claramente visibles y ajustarse a las regulaciones en relación con su tamaño, visibilidad y colocación, según lo estipulado en el Reglamento General de Vehículos. Por lo tanto, ocultar o alterar cualquier elemento de la matrícula puede resultar en una multa.
Los cambios en las matrículas de los automóviles son más comunes de lo que se podría imaginar, aunque muchas de estas acciones no se ajustan a la ley. En España, las matrículas deben seguir rigurosos estándares de diseño y visibilidad, de acuerdo con la normativa sobre vehículos. Una de las modificaciones más frecuentes consiste en cubrir la franja azul que muestra la ‘E’ de España, una práctica que está claramente prohibida.
Europa y las infracciones
La normativa europea establece que todos los vehículos que circulan en la Unión Europea deben exhibir en sus matrículas la eurobanda, que incluye un círculo de estrellas y la letra inicial del país donde están registrados. Es un delito grave ocultar este distintivo o reemplazarlo por otros símbolos, como abreviaturas regionales o pegatinas no oficiales. A pesar de que algunos conductores argumentan que tales modificaciones son un acto simbólico o cultural, las autoridades consideran que representan un cambio que puede dificultar la identificación del vehículo.
La Dirección General de Tráfico (DGT) y otras entidades responsables aplican penalizaciones severas a quienes no respetan estas regulaciones. Conducir con matrículas alteradas puede resultar en multas cuya cuantía depende de la gravedad de la infracción y, en situaciones graves, puede conllevar la pérdida de puntos del permiso de conducir. A pesar de que estas sanciones están diseñadas para asegurar la coherencia y legibilidad de las matrículas, parece que un número considerable de ciudadanos no está al tanto de las normativas, lo que provoca casos frecuentes de sanciones.
Un ejemplo puntual y los antecedentes
Este es el ejemplo de un conductor que ha comentado en redes sociales el hecho de una multa que recibió por tener una pegatina con el logo de CAT que cubría la letra E de su matrícula. Los incidentes ocurrieron el pasado agosto, cuando el individuo fue detenido por miembros de la Guardia Urbana de Barcelona mientras transitaba por el carril bus en la Gran Vía de les Corts Catalanes.
Durante la revisión, los inspectores notaron que el automóvil presentaba un adhesivo rectangular de color azul con las letras CAT que cubría parcialmente la letra E de la matrícula. Por esta razón, además de imponer una multa al conductor por utilizar el carril destinado a autobuses, lo que le puede ocasionar una sanción de hasta 200 euros, también se le sancionó por modificar la matrícula. Entre otras cosas, porque no cumplía con las normas de visibilidad y tamaño estipuladas por la normativa actual.
Existe en España el antecedente de una decisión tomada por la Jefatura Provincial de Tráfico de La Coruña, que forma parte del Ministerio del Interior. Esta entidad anuló las sanciones que la Guardia Civil había impuesto al secretario de organización del BNG, Bieito Lobeira, por haber cubierto la letra ‘E’ de España con las letras GZ, que representan a Galicia. La resolución aceptó el recurso de reposición, cancelando la multa basándose en el artículo 96.2 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Normativa actual
En lo que se refiere a la normativa actual, se indica únicamente que las matrículas de los vehículos deben ser claramente legibles y no deben tener elementos que obstruyan su identificación, sin referirse de manera específica a la obstrucción de la letra E. Por lo tanto, la forma en que las autoridades interpretan esta normativa puede diferir, y en ciertas ocasiones, puede estar sujeta a la resolución de un tribunal o a los apelativos que se presenten.
