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Esta es la lista de coches que no tendrán que pasar la ITV desde diciembre

Los coches llamados históricos no tienen obligación de pasar la ITV, con algunos requisitos

por El Adelantado
6 de diciembre de 2024
en Motor
ITV

Esta es la lista de coches que no tendrán que pasar la ITV desde diciembre

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La Inspección Técnica de Vehículos es un requisito obligatorio para todos o casi todos los vehículos de motor en España, y la tarjeta de la ITV, donde se registran las revisiones, es uno de los tres documentos indispensables que un conductor debe tener siempre a mano o en el coche. Los otros dos son el permiso de circulación y el permiso de conducir.

Cada año, millones de vehículos deben acudir a los centros autorizados para hacer la ITV, donde son revisados y probados el sistema de luces, los frenos, la carrocería, los sistemas de seguridad y asistencia al conductor, y hasta el volumen de emisión de gases contaminantes. Si alguno de estos sistemas no funciona bien y se considera que la falla es grave, el vehículo no podrá circular legalmente hasta que haya hecho las reparaciones pertinentes y se haya sometido nuevamente a una revisión. Y se supone que tampoco pueden circular cuando tienen la ITV caducada, aunque son muchos los conductores que lo hacen, arriesgándose a multas y sanciones más graves.

Los períodos para presentarse a la ITV varían de acuerdo con el tipo de vehículo y con el tiempo que tenga en circulación. Por ejemplo, los turismos y los todoterrenos deben comenzar a pasar por la ITV a los cuatro años de haber sido matriculados, en períodos de cada dos años hasta alcanzar los 10 años, y a partir de entonces la ITV debe ser anual. Sin embargo, hay vehículos de motor que están exceptuados de la ITV, y para siempre.

Los vehículos históricos y la ITV

Los vehículos que se librarán de la ITV para siempre son aquellos que fueron matriculados antes de 1964, y a partir de enero de 2025, los que fueron matriculados en 1965, es decir, todos los vehículos que a partir de octubre de 2024 tengan 60 años desde haber sido matriculados. Esta medida, que naturalmente beneficia a pocos vehículos que siguen circulando, o en condiciones de circular después de seis décadas, está incluida en el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado a través del Real Decreto 892/2024. En la práctica, tiene como objetivo favorecer la circulación de vehículos representativos de otras épocas, y que se consideran parte del patrimonio histórico y cultural de España.

Otras ventajas de los vehículos históricos

Además de estar exonerados para siempre de la ITV, estos vehículos, entre los que se incluyen los ciclomotores considerados históricamente significativos, tampoco deberán llevar etiquetas ambientales ni tendrán restringido o prohibido el acceso a las Zonas de Bajas Emisiones. Recordemos que a estos espacios no pueden acceder en cambio los coches que tienen menos de 60 años y más de 23, en el caso de aquellos que usan motor de gasolina, o de 18 años, en el caso de los coches con motores diésel. Estos vehículos podrán circular sin problemas hasta 96 días al año, como máximo.

Este límite tiene como objetivo evitar que estos coches que no cumplen con las normas ambientales sobre emisiones de gases, y tampoco con otras normas mínimas de seguridad, sean utilizados como unidad de transporte diario, cuando la intención es que estén a la vista en días feriados.

Por otro lado, el nuevo Reglamento de Vehículo Históricos ha dejado por fuera una serie de trámites engorrosos con los que era necesario cumplir para que un vehículo fuera declarado histórico, y ahora todo el proceso es más accesible y menos costoso. En estos cambios tuvo un papel importante la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), que promovió los cambios en el reglamento y asesoró a los legisladores cuando hizo falta. Se espera que con estos cambios se de un nuevo impulso a la conservación y la exhibición en vías públicas de un mayor número de vehículos clásicos.

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