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Hacienda propone beneficiar a quienes contraten pagando más del SMI con reducciones fiscales

por Paco Magar
5 de febrero de 2026
Hacienda, beneficios fiscales

Hacienda propone beneficiar a quienes contraten pagando más del SMI con reducciones fiscales

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El Gobierno está intentando convencer a todos los sectores sociales implicados con apoyar el aumento del salario mínimo interprofesional en un 3,1%, con lo que llegará a 1.221 euros brutos mensuales en catorce pagas. Y en la reunión propuesta para este jueves 29 de enero lleva una propuesta con la que espera atraer y convencer a parte del sector empresarial.

La propuesta con la que esperan incentivar la participación de los empresarios consiste en hacer reducciones fiscales a aquellas empresas que aumenten los salarios de sus trabajadores por encima del salario mínimo interprofesional que se establezca finalmente.

La propuesta de Hacienda

La reunión de este jueves con representantes de los trabajadores y del sector empresarial fue convocada por el Ministerio del Trabajo.

En ella se espera llegar a un acuerdo definitivo con todos los agentes sociales, para que el aumento sea del 3,1%, que pondría el SMI en 1.221 euros. Esta sería una cuantía que, y este sería un beneficio para los trabajadores, quedará exenta de deducciones del IRPF.

Dicho de otra manera, los ingresos que perciban los trabajadores por concepto de salario mínimo interprofesional no serán objeto de deducciones por parte de Hacienda, al menos no por concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por otro lado está la propuesta de Hacienda para los empresarios, que consiste en ofrecerles reducciones fiscales si contratan por encima del salario mínimo interprofesional.

De acuerdo con fuentes de Hacienda, las empresas podrán solicitar esta reducción en la base imponible, si en el período impositivo que se inicia en 2026 incrementan la plantilla con personas contratadas con salarios por encima del SMI.

Cómo funcionará esta deducción

Para que las empresas puedan acceder a este beneficio, el incremento en su plantilla, si se trata de una entidad con menos de 100 trabajadores, tendrá que ser de al menos 1 trabajador contratado a tiempo completo. En el caso de las empresas con más de 100 trabajadores, el incremento tendrá que ser de un 1%, y como mínimo de 2 trabajadores a tiempo completo.

La deducción fiscal a la que tendrán derecho será de una cuarta parte de la subida bruta del salario mínimo interprofesional, si los sueldos que superan el incremento en el SMI está por debajo del 5%; a la mitad si el incremento en la plantilla se encuentra entre un 5% y un 10%; y a tres cuartas partes si la plantilla con sueldos por encima del SMI aumenta entre un 10% y un 15%.

Algunas condiciones

Esta propuesta va dirigida a aquellas “empresas cuyos gastos de personal superen el 70% de los gastos de explotación”, y son solo las que cumplan con este requisito las que pueden solicitar la reducción.

Por otro lado, las empresas que se acojan a este beneficio deberán aplicar los incrementos a partir del momento que soliciten la reducción, y mantener estos incrementos al menos durante dos años, desde el momento en que se produzca el aumento en el SMI.

En el caso de que una empresa se acoja a este beneficio y no cumpla con el período antes mencionado, deberá pagar las cantidades que le fueron reducidas, y también los intereses de demora que haya podido generar.

Las dos propuestas de Hacienda: la de exonerar el salario mínimo interprofesional del pago del IRPF, y estas reducciones fiscales para las empresas, son parte de los estímulos con los que la vicepresidenta y ministra de Trabajo Yolanda Díaz, busca atraer a los representantes de los trabajadores y a la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, CEOE.

Su objetivo: alcanzar un acuerdo tripartito, para lograr una mejora en la calidad de vida de todos los españoles.

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