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Un hombre es indemnizado tras ser reducido «con fuerza excesiva» por la policía

por Paco Magar
26 de enero de 2026
Fuerza excesiva policia

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Aunque está reglamentada, no siempre es fácil para la Policía y para el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado determinar en cada situación la fuerza que se debe aplicar para que se pueda considerar que esta es proporcional y que no se está cometiendo un abuso de autoridad. Somos humanos y la posibilidad de equivocarse siempre está presente.

Algo de esto hay en un caso que le tocó dirimir recientemente a la Audiencia Provincial de Álava, en el País Vasco, y que involucró a dos policías locales y a un joven de 16 años que circulaba, de forma ilegal, con un patinete eléctrico por una zona peatonal.

Una fuga en patinete que termina mal para el conductor, pero peor para los policías

La Audiencia Provincial de Álava condenó a dos policías locales a pagar una multa de 1.800 euros, cada uno, y a indemnizar a un joven con 4.380 euros, entre los dos, por haber ejercido violencia “excesiva y desproporcionada”, luego de detenerlo tras una persecución.

El joven de 16 años conducía un patinete eléctrico por una zona peatonal, donde está prohibida la circulación de estos vehículos, cuando recibió un aviso de alto de una pareja de policías.

En vez de detenerse, el conductor imprudente se dio a la fuga y los policías debieron perseguirlo varios kilómetros, hasta que el adolescente se detuvo y levantó los brazos en señal de rendición. Fue este un gesto que los policías no tuvieron en cuenta, pues lo lanzaron al suelo, usando sus cuerpos para someterlo y causándole varias lesiones, entre ellas la fractura de la nariz.

Para la Audiencia Provincial, tal y como manifiestan en la sentencia, “los agentes, asumiendo que podrían menoscabar la integridad física del joven, hicieron presión de forma brusca e innecesaria con sus brazos y rodillas sobre distintas partes de su cuerpo mientras este gritaba pidiendo auxilio”.

Además de la fractura de la nariz y otras lesiones, el joven presentó un cuadro clínico de trastorno adaptativo reactivo, causado por los sucesos de ese día.

Qué debieron hacer los policías

Para la justicia, perseguir al joven no fue un error: estaba cometiendo una infracción y desobedeció la llamada de atención, huyendo además en un vehículo eléctrico con el que pudo haber lesionado a otras personas.

Sin embargo, una vez que se detuvo y levantó los brazos, rindiéndose, los agentes procedieron de forma equivocada, y evidentemente no evaluaron bien la situación en la que se encontraban. Y ello empezando por el hecho de que se trataba de un menor de edad, más delgado y pequeño que cualquiera de los dos policías.

Los agentes debieron tener en cuenta la fisionomía del infractor, claramente un menor de edad, que se bajó del patinete “y que levantó las manos quedándose enseguida quieto, de manera que no era necesario el aplicar tanta fuerza como emplearon para reducirlo”.

El tribunal considera que los acusados “tenían razones para reducir” al menor, pero “la violencia utilizada fue desproporcionada, tal y como lo objetiva la fractura de huesos propios nasales”.

El incidente ocurrió en marzo de 2023, en Vitoria-Gasteiz, ayuntamiento que también ha sido condenado en este caso como responsable civil subsidiario de ambos acusados.

El tribunal rechazó la solicitud de la acusación particular de que los policías fueran condenados también como autores de trato degradante y hasta de tortura, al considerar que los agentes hicieron lo correcto al perseguir al infractor, aunque luego se hayan sobrepasado en el uso de la fuerza.

Por último, señalar que no se trata de una sentencia en firme, y que es un caso que podría seguir discutiéndose en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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