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La Seguridad Social lo hace oficial: un jubilado pierde su pensión después de un viaje a Marruecos por esta razón

por Paco Magar
9 de noviembre de 2025
en Economía
Un jubilado pierde su pensión después de un viaje a Marruecos

Un jubilado pierde su pensión después de un viaje a Marruecos

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Las pensiones no contributivas son aquellas que se otorgan a personas que en la última etapa de su vida se encuentran en condiciones económicas desfavorables y que, por distintas razones, no cotizaron lo suficiente como para tener derecho a una pensión contributiva. Estas pensiones tienen como objetivo lograr que las personas tengan un ingreso mínimo que les permita sobrevivir de forma digna, pero una vez que se obtienen no son un derecho para toda la vida. En la práctica se pueden perder si no se cumplen con determinadas condiciones, como acaba de suceder con un pensionista que pasaba demasiado tiempo en Marruecos.

La pensión no contributiva y los límites para estar en el extranjero

Esta historia comienza cuando la Policía Nacional envía un oficio al Departamento de Ayuda Social y Familia de la Generalitat de Cataluña donde informa sobre las “ausencias del territorio nacional de un titular de pensión no contributiva”. Esto en principio no parece una falta, pero sí lo es cuando las estancias en el exterior se prolongan durante más de 90 días consecutivos, si somos beneficiarios de esta clase de pensión. Lo que sucede es se está incumpliendo con una condición prevista en el artículo 10.2 del Real Decreto 357/1991, que desarrolla la Ley 26/1990 sobre pensiones no contributivas.

En el Departamento de Ayuda Social confirmaron, revisando los sellos del pasaporte, que el ciudadano de nacionalidad marroquí había pasado durante los últimos años largos períodos fuera de España. Unos periodos superaban el límite de días establecido por la ley, principalmente por viajes a Marruecos. El departamento, en consecuencia, suspendió la prestación a esta persona y además le exigió la devolución de 10.361,52 euros, por haberlos recibido cuando ya no estaba cumpliendo con las condiciones legales para percibir la pensión.

El viajero lleva el caso a tribunales

El ciudadano apeló la decisión del Departamento de Ayuda Social, pero este confirmó su decisión, por lo que decidió llevar su caso a tribunales y el caso fue ascendiendo hasta llegar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El TSJ de Cataluña terminó confirmando la decisión de la Administración: el pensionista estuvo 109 días consecutivos en Marruecos, entre diciembre de 2017 y agosto de 2018, por lo que la decisión de la Generalitat está plenamente justificada.

En la sentencia se señala que, “no habiendo sido alegado motivo que justifique las ausencias del territorio nacional durante un período superior a noventa días, concurría la causa de extinción de la pensión no contributiva”. El TSJ confirmó también que el ex pensionista deberá devolver los 10.361,52 euros cobrados durante los meses que permaneció en el exterior.

En este caso, el ciudadano cometió dos errores que hicieron que perdiera definitivamente la pensión: no comunicó a la Administración que iba a estar mucho tiempo fuera del país, y superó ampliamente el límite de 90 días establecido en el artículo 10.2 del Real Decreto 357/1991.

Lo que dice el artículo 10.2 del Real Decreto 357/1991

“La residencia continuada anterior a la solicitud de la pensión y la posterior al reconocimiento del derecho no se considerará interrumpida por las ausencias del territorio español inferiores a noventa días a lo largo de cada año natural, así como cuando la ausencia esté motivada por causas de enfermedad debidamente justificadas”.

Los casos de personas que gozan de pensión no contributiva y pasan largas estancias fuera de España son más frecuentes de lo que parecen, y este caso debería considerarse como una advertencia. Es una ayuda que se otorga para sostenerse en España, no para hacerlo en otro país, y se pierde cuando permanecemos demasiado tiempo fuera, a menos que sea por enfermedad, tal y como se señala en la ley.

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