El Adelantado de Segovia
lunes, 15 diciembre 2025
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Sociedad
  • Actualidad
  • EN
El Adelantado de Segovia

Absuelven a un hombre que amenazó de muerte a su mujer

por Redacción
29 de marzo de 2016
Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

Una mujer resulta herida por arma blanca en un posible conflicto de carácter familiar

La Audiencia absuelve a un padre sospechoso de agredir sexualmente a su hija de 14 años

Suben un 15,3% las víctimas de violencia de género con protección

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Murcia absolvió a un hombre del delito de amenazas en el ámbito familiar del que venía siendo condenado por amenazar por teléfono a su mujer indicándole la intención de quemar la casa con ella dentro antes de venderle su mitad ganancial de una vivienda propiedad de ambos, sita en Águilas.

Según se desprende la sentencia, los hechos tuvieron lugar en noviembre de 2014, condenando el Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Lorca al hombre por un delito de amenazas en el ámbito familiar a las penas de 50 días de trabajos en beneficio de la comunidad y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un tiempo de dos años.

Además se le prohibió acercarse a la mujer en una distancia mínima no inferior a 200 metros en cualquier lugar donde se encuentre, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por la misma, así como comunicarse con ella sin poder establecer por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático contacto escrito verbal o visual por tiempo de dos años.

Tras interponerse recurso de apelación, la Sala destaca la situación de enfrentamiento y desavenencias entre ambos miembros de la pareja y sostiene que la conversación telefónica “viene a circunscribir en una desavenencia surgidas entre las partes en orden a querer dar una solución pacífica a su quiebra matrimonial y que estaría justificado en dicho clima de tensión entre las partes que diera ocasión a un reproche entre ellos”.

Consecuentemente, la Sala entiende que no existe “prueba válida, eficaz, persuasiva y suficiente de matiz inculpatorio”, por lo que procede estimar el recurso.

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Guía de empresas

No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Sociedad
  • Actualidad
  • EN

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda