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Absuelto un egipcio de 73 años detenido en Segovia en 2017

por Redacción
26 de mayo de 2020
en Segovia
Operación antiyihadista desarrollada en El Espinar en abril de 2017. / E. A.

Operación antiyihadista desarrollada en El Espinar en abril de 2017. / E. A.

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La Audiencia Nacional ha absuelto a un ciudadano egipcio de 73 años detenido en Segovia en 2017 acusado de financiar a la organización Dáesh y a viudas y madres de yihadistas fallecidos en acciones terroristas.

La sala considera que no se ha probado que el acusado se dedicara a desviar dinero con esos fines y entiende que la actividad comercial del acusado era legal, según ha informado la agencia Efe.

Según el Ministerio Público, el acusado destinaba parte de los beneficios obtenidos de su actividad mercantil de compraventa de material informático reciclado a ayudar a personas integradas en Dáesh o en organizaciones afines y a familiares de los mismos en Egipto, Turquía, Siria, Libia, Sudán y Montenegro.

La Audiencia ha analizado la información recopilada en mensajes almacenados en varias aplicaciones móviles como Whatsapp, Telegram y Viber del teléfono del acusado, así como búsquedas que había realizado en internet que el fiscal vinculaba a imágenes de terroristas muertos.

Después de analizar todas las pruebas el tribunal concluye que que no hay prueba de que enviara dinero a las personas que figuran en el escrito de acusación de la Fiscalía salvo en el caso de una mujer, viuda de un terrorista de Dáesh.

Al respecto la sentencia aclara que en el juicio el acusado explicó que conocía a esta mujer por internet, que mantenía con ella un proyecto de matrimonio y que le enviaba pequeñas cantidades de dinero para ayudar a su familia.

Recuerda que el acusado, Hatem M.A.S. fue detenido el 22 de abril de 2017 en Segovia en virtud de una orden internacional al estar buscado para cumplir una condena por delito de terrorismo impuesta por los tribunales de Egipto.

Sin embargo explica que el procedimiento de extradición se archivó al no estar ya vigente la orden con lo que «su detención obedeció a un requerimiento que resultó no válido».

Añade que según un informe policial Hatem M.A.S. estuvo vinculado en Egipto a la célula terrorista Narsh City, brazo armado de los Hermanos Musulmanes relacionada con Al Qaeda.

Pero la Sala indica que se aporta como única referencia una noticia de un diario digital sobre la cadena perpetua para doce acusados sin citar nombres, con lo que «no hay sustento probatorio para afirmar la condena» a Hatem M.A.S. ni su relación con esta estructura.

Agrega que según informes periciales Hatem M.A.S. estuvo relacionado con la célula de Hamburgo (Alemania) que fue investigada después de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos.

Nuevamente, el tribunal indica que «su soporte son dos noticias de sendos medios de comunicación en las que se informa de una investigación por asociación terrorista que desarrolla la Policía alemana en julio de 2002 contra ocho personas, entre ellas una que se identificaba como Hatem S».

Sin embargo, recalca que «no se ha comprobado ese dato en medios oficiales ni se ha tratado de verificar siquiera mediante la cooperación policial, por lo que constituye una simple noticia que consta en dos webs en la que ni siquiera está clara la identidad del acusado como uno de los sometidos a la pesquisa».

Tampoco ve acreditado la Sala que cuatro fotografías en la que aparece el acusado en un espacio urbano desolado por alguna acción de guerra se realizaran en la zona de conflicto en Siria, Irak o Jordania, según ha recogido Efe.

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