El pleno del Tribunal Constitucional estimó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra el decreto-ley andaluz de medidas para asegurar el cumplimiento del fin social de la vivienda, conocido como decreto antidesahucios, al considerar que la expropiación de viviendas vacías a los bancos invadiría la competencia exclusiva del Estado en materia de “coordinación de la planificación general de la actividad económica”, en este caso.
La sentencia, adelantada este martes y que cuenta con tres votos particulares, explicó que el Estado puso en marcha unas medidas que tendrían una doble finalidad, proteger a los deudores hipotecarios y, al mismo tiempo, promover el mercado hipotecario con la constitución de un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito en este determinado sentido.