El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, avanzó durante el día de ayer en el Pleno del Senado que los datos provisionales que maneja la Agencia Tributaria arrojan un incremento de la recaudación por impuestos “por encima del 5%” en tasa interanual.
Montoro, que aprovechó el debate del proyecto de Ley de Reforma de la Ley General Tributaria en la Cámara Alta para hacer este anuncio, añadió además que los ingresos por IVA ligados a pymes crecieron en el mismo mes un 12%. El ministro de Hacienda recordó que estos datos se producen en el mismo ejercicio en que ha entrado en vigor la rebaja fiscal de IRPF y de parte del Impuesto sobre Sociedades.
Además, Montoro destacó que la rebaja fiscal acumulada hasta el momento supone un ahorro de impuestos que supera los 2.600 millones de euros.
Por otro lado, el titular de Hacienda insistió en que el proyecto de Ley a debate permitirá potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica de las normas tributarias.
Entre otras novedades, dicha Ley incorpora la publicidad de listas de ‘morosos’ la primera de las cuales estará disponible “a final de este año” respecto a aquellos que a 31 de julio de 2015 mantuvieran una deuda superior al millón de euros.
Posteriormente, en el primer semestre de cada año natural se publicará un listado con aquellos que estén en dicha circunstancia el 31 de diciembre del año previo.
Montoro detalló también que la reforma de la Ley General Tributaria amplía las potestades de comprobación e investigación, regulando el derecho a comprobar las obligaciones tributarias en el caso de ejercicios prescritos, siempre que sea preciso en relación con obligaciones de ejercicios no prescritos.
Se fija un plazo de 10 años para la comprobación de bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación o deducciones aplicadas o pendientes de aplicar para los casos presentados. Montoro con esta medida pretende reforzar su compromiso contra el fraude fiscal que en España atacó en todos los sectores.
Por otra parte, la norma también regula el procedimiento para liquidar administrativamente deudas tributarias aún cuando se aprecien indicios de haberse cometido un delito fiscal, y se adapta el procedimiento de recaudación de dichas deudas.
