El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó ayer el proyecto de decreto que introduce una serie de modificaciones en el Decreto 117/2003 de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León en materias de formación e información juvenil, actividades juveniles de tiempo libre e instalaciones juveniles. De este modo, hasta 700 entidades, con más de 6.250 empleados, trabajan en la promoción juvenil de Castilla y León, en cuyas actividades participan unos 50.000 jóvenes.
Por este motivo, la Administración autonómica precisa conocer el número de operadores que realizan estas actividades y las infraestructuras con que cuentan para ello, lo que se traduce en la necesidad de presentación de una comunicación con carácter previo al inicio de la actividad. En este sentido, entre las modificaciones introducidas se recoge la sustitución del régimen de autorización administrativa al que estaban sujetas las actividades juveniles al aire libre y de tiempo libre, que conlleven riesgo para la seguridad de los participantes por el de comunicación previa.
Asimismo, el nuevo Decreto establece también que los títulos de formación juvenil equivalentes que expidan otras comunidades autónomas, constituyen título suficiente para desarrollar las correspondientes actividades en Castilla y León. Por otra parte, se identifican nuevas obligaciones para los equipos responsables, monitores y coordinadores de las actividades juveniles. Además, se regulan aspectos relativos a la proporción y titulaciones de los responsables de actividades formativas, deportivas y aquellas en que participen jóvenes con necesidades especiales.
Asimismo, se unifica la regulación de las hojas de incidencias, se establece la regulación correspondiente a la comunicación previa de las actividades juveniles y se prevé que la documentación que ha de ponerse a disposición del personal inspector durante el desarrollo de las actividades de comprobación y control, se determine mediante orden de la Consejería competente. Por otra parte, cuando las actividades al aire libre se centren en aspectos formativos o deportivos que incluyan actividades lúdicas, para el cómputo total de responsables, al menos el 50 por ciento deberán contar con la titulación de monitor de tiempo libre.
En este sentido, en aquellas actividades en las que participen jóvenes con necesidades especiales y menores con expediente de protección, deberá existir un responsable por cada tres participantes con esas características. Estos responsables deberán contar con la titulación de monitor de tiempo libre con la especialidad de necesidades especiales, pudiendo ser computados hasta el 75 por ciento.
