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Los defraudadores fiscales podrán evitar la publicidad de sus sentencias

por Redacción
30 de mayo de 2015
en Nacional
Soraya Sáenz de Santamaría durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. / Europa Press

Soraya Sáenz de Santamaría durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. / Europa Press

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El Consejo de Ministros dió luz verde al proyecto de la ley orgánica que permitirá publicar de forma parcial las sentencias firmes por delitos contra la Hacienda Pública, aunque los condenados podrán evitar que se publiquen sus sentencias si reparan el daño causado pagando la cantidad defraudada antes de la firmeza de la sentencia.

Así lo señaló la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde explicó que se publicarán sólo sentencias firmes, “jurídicamente inatacables” y consideradas probadas por resolución judicial. No podrán publicarse fallos contra los que quepa recurso.

Con la Ley, el Gobierno no busca someter al defraudador a un castigo adicional a la pena que se le pueda imponer, sino alcanzar una mayor eficacia y transparencia en la actuación tributaria y en la lucha contra el fraude, de manera que todo ciudadano sepa que sus datos estarán a disposición del público si no cumple con sus obligaciones fiscales y es condenado por ello. La Ley tiene, por tanto, carácter procesal, en busca del interés público, y no sancionado

Las sentencias que se podrán hacer públicas harán referencia a delitos contra la Hacienda Pública, la insolvencia punible y el contrabando en los casos en que resulte perjudicado el erario público. Como ejemplo, Santamaría aseguró que en el año 2014 se produjeron 343 procesos penales por delitos contra la Hacienda Pública.

La publicación, en cualquier caso, será parcial y respetará el derecho al honor y la intimidad del condenado así como a la protección de datos de carácter personal. Asimismo, la norma respetara los derechos de todas aquellas personas implicadas en la causa pero que no resulten afectadas por el fallo de la sentencia.

A partir de la entrada en vigor de la Ley, los secretarios judiciales ordenarán la publicación de esos datos relevantes de las sentencias firmes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Preguntada por si la ley será retroactiva y permitirá publicar sentencias pasadas, Santamaría explicó que el Gobierno ha optado por una “retroactividad media”, que permitirá publicar sentencias con referencia a delitos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor de la ley siempre que la sentencia sea posterior a dicha ley.

Tras analizar todos los informes de los órganos consultivos se decidió primero que la publicación de las sentencias no podría considerarse de naturaleza penal, como sostenía el Consejo General del Poder Judicial utilizando los precedentes que hay en la publicación de sanciones económicas.

Este nuevo Proyecto de Ley aproxima el Derecho español a las legislaciones de otros Estados con normas similares.

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