La Audiencia Nacional dio ayer nuevas alas a la teoría expuesta por el popular Jaime Mayor Oreja, que denuncia la existencia de un nuevo proceso de negociación política entre ETA y el Gobierno, y decidió ayer absolver a los cinco directivos del diario abertzale Egunkaria que estaban acusados de pertenecer a la banda terrorista y de poner el rotativo al servicio de los asesinos. En una sentencia que deja sin efecto esas imputaciones, la instancia con sede en Madrid descarta que el periódico «fuera instrumento para la comisión de delitos o soporte de actividad criminal alguna» y, además, critica duramente el cierre temporal del medio que en 2003 decretó el juez Juan del Olmo, ya que «no tenía habilitación constitucional directa y carecía de una norma legal especial y expresa que lo autorizara».
En suma, el tribunal presidido por Javier Gómez Bermúdez desestima de plano las acusaciones populares, ejercidas por Dignidad y Justicia y por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que solicitaban entre 12 y 14 años para Juan María Torrealdai, José María Auzmendi, Iñaki Uría, Martxelo Otamendi y Xabier Oleaga.
Sin embargo, la resolución se alinea con las tesis del fiscal -idénticas a las del Gobierno-, que pedía la libre absolución de los acusados «con tregua o sin tregua», defendiendo que, en sus 13 años de vida, el diario no publicó ni un solo artículo que demostrara el apoyo «siquiera ideológico» a la banda, argumento al que se ha agarrado ahora el tribunal.
De hecho, se afirma con rotundidad que las acusaciones «no han probado que los procesados tengan la más mínima relación con ETA», como «tampoco se ha acreditado ni directa ni indirectamente» que el periódico Euskaldun Egunkaria defendiese los postulados de la banda.
Ya en referencia a la también cuestionada decisión de cerrar cautelarmente la publicación, la Sala de lo Penal, considera que la clausura temporal de un medio de comunicación diario, «que no es una empresa cualquiera, es de difícil encaje en nuestro ordenamiento jurídico» y no está contemplada por la Carta Magna, como por ninguna otra regulación.
Por último, el tribunal carga contra «la estrecha y errónea visión según la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa misma lengua tiene que estar fomentado y/o controlado por ETA», un punto de vista que condujo a este proceso penal a «una errónea valoración de datos y hechos» y a «la inconsistencia de la imputación».
La absolución se tradujo en un aluvión de reacciones y, mientras los partidos vascos expresaron su satisfacción, Dignidad y Justicia y la AVT subrayaron que la sentencia supone un «flaco favor» a la lucha antiterrorista y advirtieron de que la indemnización que reciban los cinco imputados del Estado «servirá para financiar el entorno de la banda».
Es especialmente significativo el análisis que efectuó el portavoz parlamentario y de la Ejecutiva del PSE, José Antonio Pastor, quien consideró que la resolución «cierra definitivamente un episodio que nunca debería haberse producido», y demuestra que la Justicia «funciona». Menos entusiasta se mostró el PP vasco, quien pidió que no «se hagan lecturas torticeras» e indicó que el fallo «constata una vez más la trayectoria errática de la Fiscalía».
