El Ayuntamiento de La Lastrilla adjudicó ayer de forma provisional 21 viviendas de protección pública (VPO) en las “Eras del Pradillo”, junto a la nueva piscina del municipio. El salón municipal acogió el acto en el que los nervios estaban a flor de piel entre todos los asistentes, la mayoría jóvenes de menos de 30 años, que esperaban disponer de una vivienda en su pueblo.
Un total de 30 solicitantes se presentaron para un lote de 21 viviendas unifamiliares, de 90 metros cuadrados construidos, con trastero, garaje y una pequeña parcela, por un precio de unos 131.000 euros.
Tras el sorteo, nueve de los demandantes han quedado en la reserva. Ahora la constructora Gómez y Gómez, que edificará las viviendas, procederá a estudiar las solicitudes y en un plazo de un mes se adjudicarán definitivamente.
El alcalde de La Lastrilla, Vicente Calle, mostró su satisfacción por la adjudicación de estas viviendas, “un proyecto que estaba incluido en nuestro programa electoral y que se cumplirá esta legislatura”.
Requisitos
Entre los requisitos exigidos a los demandantes, destaca estar empadronado en La Lastrilla, al momento de la solicitud, y con una antigüedad mínima de cinco años. También se pide estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Viviendas Protegidas de Castilla y León, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes o copia de la solicitud de inscripción en el mismo.
Los ingresos de los aspirantes a las viviendas serán superiores al 1 e inferiores a 4,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (7.455,14 euros).
Las bases establecen que no pueden ser adjudicatarios de estas viviendas aquellas personas que hayan sido titulares o adjudicatarios de otra VPO y la hubieran vendido o renunciado; las que sean titulares de otra vivienda en propiedad cuando la cuota que les corresponda de su valor exceda del 40 por ciento del precio máximo de venta de la vivienda de mayor valoración dentro de las que se ofrecen en la promoción; los que hayan sido desahuciados o expropiados por incumplimiento de la función social de la propiedad de una VPO; incurran en falsedad u ocultación de que en anteriores convocatorias han sido excluidos; u ocupen una VPO sin título.