En una decisión quizá más llamativa y artificiosa que verdaderamente destinada a obtener consecuencias jurídicas, la Sala de lo Penal del Supremo dictó ayer un auto por el que admite una querella interpuesta el 26 de enero por el sindicato Manos Limpias contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, en la que se acusa al magistrado de un delito de prevaricación en relación con la causa por las desapariciones de la Guerra Civil y el Franquismo.
Con su decisión, el tribunal admite la posibilidad «ni absurda, ni irracional» de que Garzón, al que muchos compañeros le tienen ganas por su afán desmedido de protagonismo y por sospechar que no pocas veces actúa al dictado del Gobierno socialista, pudiera haber dictado algunas resoluciones injustas a sabiendas de que lo eran, que no otra cosa es el delito de prevaricación.
La petición del sindicato, de carácter marcadamente conservador, a la que se oponía la Fiscalía, fue aceptada de manera unánime por los cinco integrantes de la Sala, que consideran que lo denunciado por la querella «no es algo que pueda considerarse ajeno al tipo penal de prevaricación, al menos como hipótesis».
El auto señala que existen indicios de que la investigación sumarial realizada por el magistrado sobre las desapariciones hasta que se inhibió el pasado 18 de noviembre en favor de diversos juzgados territoriales «se centró en delitos para los que el juzgado del que es titular Garzón reconoce carecer de competencia material, salvo por razón de su conexión con otro delito del que se proclama competente, pero que no está vigente ni se investiga (…) y en cuyo ámbito declara extinguidas unas responsabilidades penales por razón de fallecimientos sucedidos notoriamente decenios antes de la incoación».
Se refiere así al hecho de que el juez alentara el procedimiento contra Franco y otros 44 altos cargos de la dictadura, para los que finalmente declaró distinguida la responsabilidad penal, pues todos habían fallecido. Añade la resolución que, «cuando la muerte es anterior a la condena, y la condena por ello no ha existido, lo que se extingue es la acción penal», por lo que un procedimiento contra personas fallecidas «resulta absolutamente imposible incoarlo». El auto alude también a todos los incidentes de la investigación de las fosas en la Audiencia desde que Garzón abrió el procedimiento el 19 de diciembre de 2006 hasta que se inhibió del mismo el pasado 18 de noviembre, y detalla cómo en febrero de 2008 el Ministerio Público informó al Juzgado Central número 5 que no era competente y no procedía que siguiera admitiendo denuncias sobre enterramientos, y que el juzgado siguió, no obstante, dictando providencias sin resolver su competencia «ordenando a numerosos archivos e instituciones el envío de listados de desparecidos, y recabando para sí el control de la exhumaciones que pudieran estar practicándose».
Prosigue que el 16 de octubre de 2008 Garzón dictó un auto en el que, primero, calificó lo hechos de «crímenes contra las leyes y costumbres de la guerra y leyes de la humanidad», luego, como «delitos contra la Constitución del Título II del Código Penal de 1932», después, como «crímenes contra la humanidad» y que, finalmente terminó diciendo que la consideración jurídica a la que se acogía «es la de un delito permanente de detención ilegal sin ofrecerse razón del paradero de la víctima».
Por todo ello, y siempre según la impresión inicial del Supremo, en dicho auto, el magistrado acusado no hacía otra cosa que pretender «salvar los escollos que plantean la irretroactividad, la prescripción y la ley de Amnistía entre otros». En suma, que Garzón intentaba hacer trampas jurídicas para mantener un caso muy rentable mediáticamente pese a saber que no era competente.
«Estoy muy tranquilo»
Justo a mediodía de ayer, el juez Baltasar Garzón aseguraba haberse enterado de la resolución del Supremo por la que se acepta investigarle por prevaricación a través de los medios de comunicación, y añadió que aclarará los hechos cuando sea citado a declarara ante el instructor del caso y que no tiene «conciencia» de haber cometido delito alguno. «La ley es igual para todos», añadió, al tiempo que destacó que «está tranquilo» y que se defenderá de la acusación «en su momento».
No mucho más explícito fue el PP, que desde un principio criticó al magistrado por el caso de las fosas comunes. Por boca de su portavoz en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, aseguró que la decisión demuestra que «nadie» puede interpretar la ley «a su antojo».
En la misma línea, la popular indicó en los pasillos de la Cámara Baja que el auto «refuerza la confianza» de los ciudadanos en el Estado de Derecho a la hora de «perseguir los delitos, cualquiera que sea el que los cometa».
Pero no todo fueron malas noticias para Garzón, ya que, curiosamente, fue también el Supremo quien decidió archivar definitivamente la querella interpuesta contra él por dos abogados por cobrar sustanciosos estipendios de una universidad durante su licencia de estudios en EEUU entre marzo de 2005 y junio de 2006. El tribunal considera que las pruebas aportadas «no alcanzaban a desvirtuar las razones» por las que se descartó la comisión, de un delito de cohecho, «ni siquiera en la modalidad de dádiva».
