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El número de familias numerosas ha aumentado un 50 por ciento

por Redacción
30 de julio de 2012
Jornada de convivencia organizada este verano por la Asociación de Familias Numerosas de Segovia. / M. Galindo

Jornada de convivencia organizada este verano por la Asociación de Familias Numerosas de Segovia. / M. Galindo

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El número total de títulos de familia numerosa se ha incrementado un 50 por ciento en los últimos cinco años en la provincia de Segovia, donde se ha pasado de 1.257 carnés, en 2006, a 1.920, en 2011. Este incremento de 663 familias se atribuye en gran medida a la población inmigrante que durante este periodo de tiempo se ha instalado en la provincia, de tal forma que el porcentaje de títulos que en 2006 correspondían a familias inmigrantes era del 11,9 por ciento, mientras en 2011 ese porcentaje asciende hasta el 20,8 por ciento. La mayor presencia de extranjeros es más relevante en los títulos de familia numerosa de categoría especial (más de cuatro hijos) que se han duplicado en cinco años.

Son familias numerosas las formadas por uno o dos ascendientes con tres o más hijos sean o no comunes. La acreditación oficial que reconoce esta condición es el título de familia numerosa, que ofrece ventajas y descuentos para todos los miembros de la familia.

En Castilla y León, los departamentos territoriales de Familia e Igualdad de Oportunidades de cada provincia son los órganos competentes para el reconocimiento, expedición, renovación o tramitación de la pérdida del Titulo de Familia Numerosa.

Con carácter general la vigencia del título de familia numerosa es de cinco años, salvo para los casos en los que cualquiera de los hijos haya cumplido 21 años, o en los supuestos en los que se haya tenido en cuenta la situación económica de la familia en los que la vigencia será anual. La solicitud de renovación del título debe efectuarse dentro de los tres meses anteriores a su vencimiento.

El título de familia numerosa debe también renovarse cuando varíe el número de miembros o se modifiquen las condiciones que dieron motivo a la expedición del mismo en el plazo de tres meses desde la variación o modificación.

La Junta de Castilla y León considera que la contribución de estas familias al relevo generacional merece todo el apoyo de las instituciones y del conjunto de la sociedad.

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