La sustracción de las coronas de la Virgen de la Fuencisla está tipificada en el Código Penal como un delito de robo con fuerza, según explicó ayer a EL ADELANTADO el fiscal jefe de Segovia, Antonio Silva. Además, con la información de la que se dispone, se podría aplicar el artículo 238.1, al haberse producido con escalamiento.
En este sentido, a falta de que concluya la investigación, aunque los ladrones no forzaron la puerta de entrada al Santuario, sí tuvieron que escalar la reja del presbiterio, aprovechando los adornos de los barrotes para superar los más de seis metros de altura que tiene esta estructura.
Así mismo, tuvieron que escalar por el retablo para acceder a la parte visible del camarín de la Virgen y emplearse a fondo para desatornillar las fijaciones que sujetaban las coronas recuperadas de la Virgen y el Niño, además de arrancar de cuajo la mano de éste último.
En cuanto al castigo aplicable por el delito, Silva añadió que el artículo 240 del Código Penal establece una pena de uno a tres años de prisión.
El fiscal de la Audiencia de Segovia considera que quizá podría aplicarse algún agravante “al haberse cometido el delito en un local o edificio abierto al público”.
Relató también que en el Código Penal antiguamente existía un agravante por delitos de agravio o deshonra al culto, incluso la existencia de la figura delictiva de robo sacrílego, que fue eliminada para garantizar la igualdad de todos ante la Ley. Aclaró en relación con esta modificación que “desde el punto de vista legal no pueden alegarse daños morales o religiosos, independientemente de la repercusión social, porque el Código Penal no entra a regular los valores intangibles”.
Por otro lado, Silva, que pasó el pasado fin de semana fuera de Segovia, comentó que, al llegar a la Fiscalía provincial, se había interesado por el robo de las coronas de la Fuencisla y había preguntado por el suceso a las dos fiscales que se encontraban de guardia cuando se produjo.
También explicó que si llegan a producirse detenciones, como es deseable, una vez que pasen a disposición judicial los presuntos delincuentes, la Fiscalía intervendrá para pedir que se practiquen diligencias si fuera necesario.
Por su parte, el presidente de la Audiencia, Andrés Palomo, relató ayer que no recordaba que este tribunal haya juzgado en los últimos años algún hecho de características parecidas aunque precisó que es el Juzgado de lo Penal, o en el caso de faltas o delitos menores los juzgados mixtos, los que tienen competencia. En este caso, de producirse detenciones, tras la instrucción, la vista oral tendría lugar en el único Juzgado de lo Penal.
