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Una sentencia impide edificar un almacén de construcción en el campo

por Redacción
14 de enero de 2016
en Provincia de Segovia
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Una sentencia dictada el 18 de noviembre de 2015 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia ha revocado la autorización otorgada por la Junta de Castilla y León para construir una nave – almacén de material y maquinaria de la construcción en Carbonero el Mayor.

Ecologistas en Acción explica que un vecino del pueblo adquirió una parcela de suelo rústico de 12.000 metros cuadrados junto a la autovía de Valladolid, que se dedicaba a la agricultura de secano. Y seguidamente solicitó autorización a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo para hacer una nave de 200 metros cuadrados en la que pretendía almacenar material de construcción y maquinaria. Tal solicitud fue autorizada.

Posteriormente, Ecologistas en Acción de Segovia llevó a los Tribunales la decisión de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia en la que se autorizaba la construcción de la nave, al considerar que “el destino del suelo rústico debe ser un uso agrario o un uso natural y no para levantar estructuras de tipo urbano, que deben ir en los polígonos industriales”.

En opinión de este colectivo, “en la mayoría de los casos se solicitan construcciones en suelo rústico porque es un suelo más barato que el suelo industrial y a gusto del promotor. Sin embargo, los polígonos industriales se han creado para albergar este tipo de usos y edificaciones y no en suelos destinados a la agricultura, a la ganadería o a la naturaleza”.

Ecologistas en Acción recurrió entonces la autorización dada a ese vecino porque la parcela tenía un uso agrario que había que proteger y porque consideraba inexcusable corregir la tendencia de la Comisión Territorial a autorizar todo tipo de “usos excepcionales” en suelo rústico común sin atender a su interés público.

El Juzgado ha interpretado que la ley de urbanismo protege los suelos agrarios y considera que no se ha justificado ningún motivo de interés público que obligue a emplazar la nave-almacén para un uso no agrario en suelo rústico. La sentencia obligará a la Junta a cambiar el criterio seguido hasta ahora de dar luz verde a este tipo de solicitudes.

Ecologistas en Acción consideramos que con esta sentencia, que es firme, “se atenúa la proliferación de usos inadecuados en suelo rústico, se protegen los suelos agrarios y el medio ambiente, se impide la especulación con parcelas rústicas, protegiendo a los agricultores y ganaderos que tienen que competir con otras categorías de demandantes de suelo rústico y, por último, se redirigen las inversiones hacia los polígonos industriales, que como en Carbonero, se encuentran con parcelas vacantes”.

Finalmente, Ecologistas en Acción entiende que esta sentencia confirma el principio instaurado por la Ley de Suelo de 2007, el de que todo suelo rural tiene un valor ambiental que debe ser ponderado.

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