El Tribunal de Cuentas afirma que «no es posible expresar una opinión» sobre los estados contables de Unión del Pueblo Leonés (UPL) en el ejercicio 2008 porque las cuentas fueron remitidas inicialmente con «34 meses de retraso» y, posteriormente, fueron reformuladas en el trámite de alegaciones. «Dicho retraso y la reincidencia en los últimos ejercicios en la demora sobre la rendición de las cuentas anuales, menoscaba la transparencia y publicidad de la actividad económica-financiera desarrollada por el partido», se afirma en último informe de fiscalización, al que tuvo acceso este periódico.
El Tribunal de Cuentas va más allá y denuncia que el balance realizado a fecha 31 de diciembre de 2008 y la cuenta de resultados del ejercicio del partido fue presentado «sin sellar ni autentificar» por la organización política, y sin adjuntar la memoria de cuentas anuales.
Unión del Pueblo Leonés tampoco presentó el informe legalmente obligatorio relativo a los resultados del sistema de control interno que la formación política debe tener establecido. «Con posterioridad a la finalización de la prórroga del plazo para la formulación de alegaciones el partido ha presentado un documento que denomina Informe del Comité de Cuentas, sin firma alguna y fechado en 2013, del que no procede su consideración», continúa el informe de fiscalización.
El tribunal alega que este documento se ha presentado una vez finalizada dicha prórroga, y sin que la información contenida en el mismo permita evaluar el grado de cumplimiento y adecuación del sistema de control interno implantado por el partido en el ejercicio fiscalizado, según obliga la legislación.
Ante esta situación, el Tribunal de Cuentas reconoce que no ha podido efectuar comprobación alguna de las cuentas porque «no disponía de documentación justificativa ni registros contables auxiliares» y, por lo tanto, no puede «pronunciarse sobre la representatividad de las mismas».
Por ello, subraya que en el informe de las cuentas del 2008 tan sólo pueda ofrecer un resumen de los datos más significativos deducidos del análisis de las cuentas anuales presentadas, aunque subraya que las mismas se circunscriben únicamente a la actividad de la sede central, sin que figuren la contabilidad del resto de la organización local.
No es la primera ve que el organismo fiscalizador advierte a la formación en esta materia, ya que algo similar le sucedió con las cuentas de 2004, cuando el Tribunal de Cuentas tampoco pudo expresar su opinión sobre las cuentas anuales por no haber recibido la documentación contable.
