En relación con el comentario ‘Todos pierden’ firmado por D. Javier Martín Mesa el pasado día 30 de marzo de 2026, aclararle que esta Real Federación de Castilla y León cobra a los clubes en ella inscritos por cada tramitación de licencia la cantidad de dos euros como puede comprobar accediendo a nuestra página web a la CIRCULAR NÚMERO – 23 – TEMPORADA 2024/25 – INSCRIPCIÓN DE EQUIPOS PARA LA TEMPORADA 2025/26, en la que en su punto 4 establece lo siguiente:
4.- TRAMITACIÓN DE LICENCIAS
4.1.- Importe
El precio de las solicitudes de licencia y de las renovaciones será de 2,00 € (DOS EUROS), que será cargado en la cuenta de cada club, por el propio sistema.
En las licencias de categoría nacional será la cantidad que, a tal respecto, establezca la RFEF.
Como se podrá comprender en una Federación que cerró el ejercicio de 2024 con unos ingresos de 7.333.975,93, como se puede comprobar accediendo a la misma página web, el dejar de ingresar el 0,0409 % que es lo que supone la pérdida de las cerca de 1500 licencias de los equipos que se han inscrito en la denominada Superliga Segoviana amparada por la Diputación Provincial de Segovia es tan nimio que en ese sentido puramente económico no supone ningún inconveniente a esta Real Federación, que los tiene y muchos en otros apartados y coincidentes en su mayoría con los reseñados en su comentario. Indicarle también que lo que Vd. llama conversaciones con los equipos se traduce en una única conversación desarrollada el pasado día 3 de enero de 2024, en el que las muestras de soberbia quedaron retratadas por escrito, y no precisamente por parte de esta Real Federación que lo único que hizo fue trasladar a los equipos presentes las obligaciones que nos impone la vigente Ley 3/2019 de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León.
Para su tranquilidad, indicarle que citada cantidad se ha visto compensada por el incremento de licencias federativas en las otras ocho provincias con las que cuenta nuestra Comunidad.
Aclararle igualmente que, a todos los órganos disciplinarios que han entendido del tema en el asunto les importaba tanto que han entrado a revolver el fondo del mismo y emitido resolución definitiva, lo que como bien conoce no ha realizado el TAD que se ha limitado a conceder una suspensión cautelar dejando la resolución del asunto para más adelante.
