El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) anuló un proyecto para construir diez viviendas en La Pinilla, tal y como informaron desde Ecologistas en Acción de Segovia, quien interpuso un recurso contencioso administrativo contra la aprobación de un Estudio de Detalle aprobado por el Ayuntamiento de Cerezo de Arriba, a solicitud de la empresa propietaria de la Estación de La Pinilla, La Pinilla Management Corporation S.L., para la edificación de las primeras diez viviendas unifamiliares en el núcleo urbano de La Pinilla.
El objeto del estudio de detalle era edificar una decena de chalets en parcelas de unos 200 metros cuadrados sobre una subparcela de 3.000 metros cuadrados de suelo urbano consolidado. Así, el TSJCyL aceptó los motivos alegados en la demanda y desestimó el Estudio de Detalle porque la Pinilla no justifica de suficiencia de agua y hay un informe desfavorable de la Confederación Hidrográfica del Duero.
También se centró en el carácter determinante y desfavorable del informe de la Confederación, que exigía adaptar/construir con carácter urgente unas instalaciones de depuración adecuadas para la urbanización obligaba a emitir una Informe ambiental estratégico desfavorable y, sin embargo, el Informe Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente fue favorable, así como en la existencia de parcelación ilegal en fraude de ley bajo la figura de la propiedad horizontal tumbada, con accesos privados.
Además, se refirió al agotamiento y superación de la densidad máxima de viviendas por hectárea preexistentes en la finca matriz (100 viv/ha), a la infracción del período de información pública: un mes, en lugar de los dos preceptivos, a la tipología de vivienda unifamiliar prohibida en la parcela, y a la no aportación de alternativas en el estudio de impacto ambiental
Este Tribunal, según indicaron desde Ecologistas en Acción, ya había suspendido cautelarmente la ejecución del Estudio de Detalle el 6 de junio de 2025.
Sentencia
“La sentencia es relevante por cuanto paraliza de hecho cualquier desarrollo urbanístico futuro en la Estación de La Pinilla, tanto en suelo urbano como en suelo urbanizable”, recalcaron, mientras insistían en que también es “importante” porque, por falta de agua, se impide la construcción una parcela clasificada como suelo urbano aparentemente consolidado. “El agua se utiliza sin concesión legal alguna, incluso para la creación de nieve artificial sobre las pistas de esquí”, añadieron.
Por último, destacaron que dicha sentencia “desenmascara un fraude de ley consistente en parcelar mediante propiedad horizontal tumbada, esto es, sin creación de parcelas independientes, sino por asignación de exclusividad de uso de cada parcela”.
