Una de las resoluciones más interesantes dictadas por el Procurador del Común de Castilla y León proveniente de una queja enviada desde Segovia en el año 2025 trata sobre la estación del AVE Segovia-Guiomar, en concreto, la escasez de frecuencias en las líneas de autobuses urbanos que se dirigen allí. El órgano que encabeza Tomás Quintana la aceptó a trámite y envió un escrito al Ayuntamiento de Segovia recomendando una ampliación de este servicio que se quedaba corto para la alta demanda de pasajeros que lo utiliza regularmente. Como se sabe, las resoluciones del procurador no son vinculantes, por lo que el municipio puede atenderla o no.
En la exposición de la reclamación se recoge que son aproximadamente unos 3.000 los usuarios que a diario utilizan este servicio de transporte urbano que se desplaza a unos 7 kilómetros del centro, lo que dificulta su accesibilidad, además de los inconvenientes que representan las horas puntas, festivos y fines de semana, donde la demanda supera con creces esta prestación, lo que implica tiempos de espera prolongados o un exceso de ocupación en los vehículos que incomoda a los pasajeros.
Una vez recibida y admitida, el Procurador del Común se puso manos a la obra y solicitó información sobre esta cuestión al Ayuntamiento de Segovia, que contestó detallando el recorrido de las dos líneas de autobuses urbanos que conectan con la estación del AVE, las número 11 y 12. La 11, con cabecera en el Acueducto, efectúa 35 viajes en días laborables, coincidiendo con los horarios de trenes, los sábados 22 y 24 los domingos y festivos. La línea 12, que parte del paseo Ezequiel González, realiza 31 salidas en jornadas laborables, 22 los sábados y 24 los domingos. En ambas líneas los horarios intentan coincidir con salidas y llegadas de los AVE, según documentó el Ayuntamiento adjuntando también las conexiones con las otras líneas de la ciudad. Una contestación que le fue remitida al ciudadano que interpuso la queja, quien valoró positivamente algunos aspectos pero alegó que pese a la existencia de ambas líneas sus frecuencias y adaptación a los horarios de los trenes resultaban insuficientes, entre otras carencias como más conexiones directas desde otros puntos de la ciudad y su alfoz.
Estudiada la información, la institución dependiente de las Cortes considera que el servicio es insuficiente dada la alta demanda que presenta y tratándose además de un servicio esencial. “La prestación del servicio público de viajeros por parte de los Ayuntamientos de los municipios de más de 50.000 habitantes, como es el caso del de Segovia, constituye un servicio de prestación obligatoria, de uso general para los viajeros, bajo los principios de regularidad, continuidad, generalidad e igualdad en la admisión de los usuarios”, expresa el procurador en el informe.
Así, en la parte dispositiva de la resolución se recomienda al Consistorio segoviano que valore la conveniencia de ampliar la frecuencia y rutas de las líneas de transporte urbano para prestar un servicio acorde, “estableciendo la frecuencia de los horarios en función de las variables que esa entidad conozca en relación con el uso, la posible demanda y necesidades de los eventuales usuarios”.
Tanto en esa última parte dispositiva como en el razonamiento del dictamen del procurador, se menciona “el derecho que tienen los ciudadanos a la prestación del servicio, máxime cuando se trata de un servicio de prestación obligatoria para aquellos municipios que cuenten con una población superior a 50.000 habitantes”, como así sucede en Segovia”.
