El Adelantado de Segovia
sábado, 15 noviembre 2025
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Actualidad
  • EN
El Adelantado de Segovia

Confirmada la condena de 32 años para el asesino de Isaías Carrasco

por Redacción
4 de febrero de 2016
en Nacional
Beinat Aguinagalde

Beinat Aguinagalde

Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

Luz Casal: “Me he acostumbrado a dar codazos y levantar la voz cuando ha sido necesario”

El incesante aumento de una bomba de relojería oculta la llamada deuda pública

“La lana merina española es un patrimonio que queremos recuperar, porque es la mejor del mundo”

El Tribunal Supremo confirmó la condena de 32 años de cárcel impuesta al etarra Beinat Aguinagalde por el asesinato del exconcejal socialista Isaías Carrasco cometido en Arrasate-Mondragón (Guipúzcoa) el 7 de marzo de 2008, último día de campaña de las elecciones generales de aquel año.

La Sala de lo Penal ratifica así la sentencia que la Audiencia Nacional impuso el pasado junio a Aguinagalde por delitos de asesinato terrorista, tenencia de armas de fuego y daños, tras tener en cuenta que una testigo le reconoció con “rotundidad y firmeza” como la persona que vio en el lugar del atentado.

La testigo aseguró que ese día se cruzó antes y después con el autor de los disparos y “fijó su imagen en la memoria” porque le pareció “extraño que se hallara a esas horas parado, en la calle y en actitud de espera”.

La Audiencia Nacional celebró este segundo juicio después de que anteriormente absolviera al acusado al considerar insuficientes los reconocimientos de otros dos testigos. En la sentencia, dada a conocer ayer, el Supremo destaca que el testimonio de la principal testigo de cargo, que realizó un reconocimiento fotográfico del terrorista, “no fue ni dubitativo ni contradictorio ni insuficiente” y añade que le identificó “sin ningún género de dudas”.

En cuanto a la alegación del condenado basada en que no hubo una auténtica rueda de reconocimiento, los magistrados argumentan que “hacer de la práctica de esa rueda el signo distintivo del respeto al derecho a un proceso con todas las garantías supone apartarse del genuino significado procesal de esa diligencia y, sobre todo, de la interpretación jurisprudencial de aquel precepto”.

“El reconocimiento en rueda no puede ser convertido en el presupuesto ‘sine qua non’ para la validez constitucional del juicio de autoría”, señala la Sala, para añadir que la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional valoró que la identificación del condenado fue ratificada en dependencias policiales, ante el juez de instrucción y, “lo que es decisivo”, en un interrogatorio “cruzado” en el juicio donde el fiscal y las partes pudieron preguntar “cuántos extremos tuvieron por convenientes en defensa de sus tesis”.

Los hechos probados por el Supremo.- El alto tribunal acredita también la “falta de consistencia” de la coartada que ofreció el acusado, que dijo que en el momento del crimen se encontraba realizando un examen de Anatomía Patológica en la facultad de Medicina de San Sebastián, al haber dudas sobre de dicha prueba.

La Audiencia Nacional prohibió al procesado acudir a Mondragón durante diez años desde el cumplimiento de la condena y estimó que la mujer e hijos de la víctima deben ser indemnizados con medio millón de euros por el daño moral ocasionado y la pérdida de ingresos en la unidad familiar.

El Tribunal Supremo consideró probado que el entonces miembro del ‘comando Asti’ se trasladó el 8 de marzo de 2008 a las inmediaciones del domicilio del exconcejal socialista y, cuando este se introdujo en un vehículo sobre las 13.25 horas, se situó frente al coche y efectuó cinco disparos contra el edil desde una distancia de 0,90 a 1,50 metros con “ánimo de causarle la muerte”. Tras el atentado, Aguinagalde abandonó el lugar a la carrera y ETA reivindicó esta acción en un comunicado.

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Guía de empresas

No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Actualidad
  • EN

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda