La Sala Tercera del Tribunal Supremo declaró ayer “nulo de pleno derecho” el Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental, en la provincia de Málaga, aprobado por la Junta de Andalucía en julio de 2006. Según adelantó el Tribunal, el motivo de la nulidad era doble, por un lado porque la administración autonómica no dio respuesta a las alegaciones que había formulado por una empresa que recurrió en el trámite de información pública del procedimiento de elaboración del plan; por otro, porque la Junta no emitió el preceptivo informe sobre impacto por razón de género que exige la propia legislación autonómica andaluza.
La sentencia, de la fue ponente el magistrado Jesús Ernesto Peces Morate, estima así el recurso de la empresa La Barca contra la sentencia de marzo de 2012 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que rechazaba entonces el recurso de dicha sociedad contra el Plan de Ordenación en cuestión.
El presidente de la Asociación de Constructores y Promotores (ACP) de Málaga, Emilio López Caparrós, mostró su “enorme preocupación” por la sentencia del Tribunal Supremo. “Supone un durísimo golpe a la tímida recuperación del sector, cuyo epicentro está muy focalizado en Marbella; siembran inquietud entre los promotores”, expuso.
El responsable de los constructores y promotores malagueños mostró, no obstante, su respeto a los pronunciamientos judiciales; para luego matizar que las anulaciones del PGOU y del Plan de Ordenación Territorial de la Costa del Sol generarían “un vacío legal”.
Por ello, defendió que no era el momento de buscar culpables, sino de unificar los esfuerzos de todos los representantes políticos y empresariales para dar “una solución inmediata” al problema.
