Guzmán G. Contreras
Desde la primavera de 2020, la ocupación ilegal de viviendas, ya sea como allanamiento de morada (viviendas con moradores) o, en la gran mayoría de casos, como usurpación de inmuebles vacíos, se ha instalado en la agenda de propietarios, letrados y cuerpos de seguridad de Segovia. Aunque la cifra absoluta de denuncias sigue siendo moderada en comparación con provincias mayores, el impacto psicológico, económico y social es notable para quienes lo sufren.
Según el Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior, Segovia pasó de contabilizar solo 5 casos en 2018 a 30 denuncias en 2024, un aumento del 500 % en seis años.
El crecimiento del 7,14 % entre 2023 y 2024 refleja un fenómeno aún modesto en términos absolutos, pero de muy alto impacto para los afectados. Hasta 2018, la provincia mantenía una media de 2,2 ocupaciones por cada 100.000 viviendas, una de las tasas más bajas de España, junto a Soria y Zamora. Sin embargo, tras 2019 se trasladó al grupo de provincias de intermedia-alta incidencia dentro de Castilla y León, superando a Palencia (13 casos en 2024) o Ávila (15), aunque sin acercarse a Valladolid (118 casos) o León (37).
De los 30 ocupantes denunciados en 2024, solo 2 casos (7 %) afectaron a viviendas de promoción pública gestionadas por la Junta de Castilla y León. El 93 % restante corresponde a inmuebles privados: casas de particulares, pisos propiedad de entidades bancarias, fondos de inversión o promotores inmobiliarios.
El perfil estadístico de los ocupantes suele ser: familias de escasos recursos, a menudo con menores a su cargo, sin red de apoyo ni acceso al parque de vivienda social; jóvenes desempleados o en contratos precarios, atraídos por la facilidad de acceso a inmuebles vacíos; o grupos organizados, que sistematizan la ocupación de chalés y bloques para obtener rentas informales.
La escasez de vivienda asequible, los largos plazos de adjudicación de vivienda pública y la rigidez de los contratos de alquiler incrementan el recurso a la okupación al verse como “solución provisional” ante la falta de alternativas.
Como caso paradigmático, en octubre de 2024, un bloque de siete pisos ubicado en el número 19 de la calle General Gutiérrez Mellado de la capital provincial, deshabitado tras fallecimientos y traslados a residencias de sus antiguos inquilinos, fue completamente usurpado. El acceso fue violento «dando la patada a la puerta» relata el abogado representante de las propietarias del inmueble, dos señoras mayores de 80 años. La policía intervino de inmediato y expulsó a los okupas, pero, al retirarse, regresaron y volvieron a ocupar todas las viviendas. La querella se formalizó en octubre de 2024 y el juicio se celebró en julio de este año y tras más de ocho meses de instrucción y recursos, se sigue en espera de sentencia.
El artículo 245 del Código Penal distingue entre usurpación con violencia o intimidación, pena de 1 a 2 años de prisión, y sin ellas, sancionada solo con multa de tres a seis meses. Además, la confusión de competencias entre Gobierno central, comunidades autónomas y ayuntamientos complica cualquier iniciativa para atender tanto a los propietarios como a las personas en situación de vulnerabilidad.

Desde junio de 2023, la Ley de Enjuiciamiento Criminal introdujo un procedimiento civil exprés que permite ordenar el desalojo en 48 horas en casos de allanamiento flagrante. Sin embargo, la mayoría de los casos en Segovia se encuadran en la usurpación de viviendas vacías, que sigue requiriendo la vía penal ordinaria, con plazos de instrucción y recursos que pueden prolongarse más de lo que deberían.
A esta complejidad se suma una dispersión competencial que entorpece aún más la respuesta: el ámbito penal y civil, encargado de tramitar denuncias y ordenar desalojos, depende del Gobierno central; las ayudas sociales y la gestión de viviendas protegidas corresponden a las comunidades autónomas; y la mediación, la atención inicial y el acompañamiento a las partes recaen sobre los ayuntamientos. Esta fragmentación administrativa complica la articulación de un protocolo único, dilata los plazos y pone en riesgo la eficacia de las actuaciones conjuntas.
Mientras el proceso judicial avanza, a paso de tortuga, las dueñas siguen teniendo que hacer frente a los gastos del edificio.
Aunque no se han registrado conflictos graves con los vecinos, sí emergió un altercado puntual entre los okupas y miembros de la comunidad gitana cercana.
El letrado recomienda la denuncia inmediata en caso de encontrarse con un inmueble ocupado ilegalmente. También subraya que la justificación de la ocupación por parte de ciertos grupos políticos, incluso durante la pandemia, ha agravado el problema. Actualmente no percibe en el Congreso voluntad real de impulsar reformas que equilibren la protección de la propiedad privada con las necesidades de los colectivos vulnerables.
En la provincia han surgido varios episodios notables de ocupación ilegal. Uno de ellos tuvo lugar en Fuente Bola, Cuéllar, donde varios chalés deshabitados se convirtieron en refugio de “okupas” sin alternativa habitacional. En enero de 2018, la Policía Nacional desalojó a un grupo de ellos y tapió las entradas para evitar nuevas intrusiones. Aun así, la medida resultó insuficiente: durante 2019 se detectaron al menos cinco viviendas aún ocupadas, habitadas sobre todo por familias con escasos recursos y sin acceso a vivienda social.
En 2020, en Los Ángeles de San Rafael (El Espinar) se registró un repunte de usurpaciones: al menos tres chalés propiedad de entidades bancarias estuvieron ocupados de forma prolongada. Incluso un edificio de nueva construcción de seis plantas, perteneciente a la SAREB, llegó a ser tomado durante varias semanas, según consta en la instrucción, presuntamente gestionado por redes organizadas dedicadas a promover ocupaciones masivas.
Ese mismo año, en Palazuelos de Eresma, un chalé unifamiliar, segunda residencia de sus propietarios, fue ocupado mientras ellos se encontraban de viaje. Al regresar, iniciaron un proceso penal que se prolongó más de un año. Paralelamente, reclamaron indemnizaciones por vía civil para cubrir gastos de comunidad, suministros y las rentas dejadas de percibir.
Por último, también en 2023, en ámbitos rurales y pedanías como Arroyo de Cuéllar, la okupación afectó a viviendas aisladas. Varias familias del entorno se organizaron en vigilias vecinales y realizaron constantes llamadas a la Guardia Civil hasta lograr que los intrusos abandonaran la casa sin necesidad de tramitar un desalojo judicial. Este ejemplo demuestra que, incluso en el medio rural, la coordinación ciudadana puede convertirse en un elemento clave para disuadir y frenar las ocupaciones ilegales.
Aunque Segovia aún no sufre un estallido masivo de okupaciones como Cataluña o Madrid, la tendencia al alza y ejemplos como el de General Gutiérrez Mellado evidencian un problema multidimensional: un sistema legal lento, propietarios desamparados y ocupantes muchas veces en situación de vulnerabilidad. Solo la combinación de denuncia temprana, asesoramiento jurídico ágil, reformas legislativas y un esfuerzo coordinado de todas las administraciones permitirá frenar esta tendencia y garantizar simultáneamente el derecho efectivo a una vivienda digna.
