La situación transitoria en que se encuentra Caja Segovia finalizará una vez que se lleve a cabo su transformación en Fundación de carácter especial, tal como contempla la Ley de Cajas de Castilla y León modificada hace dos años.
Ahora, ley de acompañamiento de los Presupuestos del año 2012 recoge, entre otras muchas medidas, algunos cambios en la normativa que hace referencia a las cajas de ahorro y que afecta, entre otras a Caja Segovia. En ella se determina que si una caja de ahorros dejase de ostentar el control (…) o redujese su participación de modo que no alcance el 25 por ciento de los derechos de voto de la entidad de crédito (…), deberá renunciar a la autorización para actuar como entidad de crédito y proceder a su transformación en fundación especial…
También modifica algunas de las normas que regían en la organización interna de la entidad ya que recoge que los órganos de las cajas de ahorros que hayan escindido totalmente su negocio bancario a favor de otra entidad de crédito, como es el caso de Caja Segovia con Bankia “serán exclusivamente la Asamblea General, el Consejo de Administración y, potestativamente, la Comisión de Control”.
En estos casos, las funciones que esta ley atribuye a las Comisiones de Inversiones y Retribuciones y Nombramientos corresponderán al Consejo de Administración, y las que atribuye a la Comisión de Obra Social corresponderán a la Asamblea General. Las funciones que esta ley atribuye a la Comisión de Control corresponderán, en las entidades que no tengan dicho órgano de gobierno, al Consejo de Administración, salvo en lo referido al control de la actuación del propio Consejo que corresponderá a la Asamblea General.
En cualquier caso, la Asamblea General, como órgano supremo de la entidad o de la futura Fundación, aún está incompleta por cuanto las Cortes de Castilla y León todavía no han designado a los miembros que le corresponden y que, según la Ley que la propia Junta ha elaborado, son 19 consejeros, de los que tres deben formar parte también del Consejo de Administración.
Pero un último artículo de la Ley de Acompañamiento vuelve a anular órdenes anteriores, pues ahora dice que el número de miembros de la Asamblea General no requiere sujetarse al mínimo señalado.
Como se recordará, Caja Segovia ha continuado cumpliendo la normativa referida a las cajas y tuvo que llevar a cabo el proceso electoral que ha culminado a finales de julio pasado. En todo caso el Consejo de Administración de solicitó el pasado mes de mayo la conversión de la entidad en fundación de carácter especial a la vez que sugirió la paralización del proceso electoral. Al no recibir respuesta por parte de la Junta, continuó con las elecciones. En julio también hizo lo mismo la Comisión de Control, una vez que se había llevado a cabo la reducción del capital de la entidad como empresa financiera a cero euros.
Por último, el último cambio que incluye la normativa hace referencia a las limitaciones en materia de remuneraciones e indemnizaciones por terminación de contratos. De este modo también se reserva la Junta el derecho a regular las fundaciones de carácter especial en que se convertirá Caja Segovia, siempre que la normativa no cuente con ningún obstáculo.
