Pocas horas después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ordenara a España la puesta en libertad de una miembro de ETA por considerar que se ha vulnerado su derecho a la libertad, el Gobierno de Mariano Rajoy anunció ayer que no piensa liberarla y que recurrirá la sentencia de Estrasburgo.
El TEDH amparó a la terrorista Inés del Río, condenada a más de 3.000 años de cárcel, en su primera decisión sobre la llamada doctrina Parot, establecida para que los encarcelados por delitos graves como el terrorismo tengan que cumplir obligatoriamente el máximo legal de prisión, que en España está fijado en 30 años.
El recurso a este fallo se presentará «en el plazo más breve posible», manifestó el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. La determinación de la corte de Estrasburgo es «contraria» a la doctrina de la Audiencia Nacional y del Tribunal Constitucional, explicó el dirigente popular en Santiago de Compostela.
Además, aseguró que la sentencia «es provisional y no definitiva» y que afecta «única y exclusivamente a una persona».
«Cuando el Tribunal Constitucional estudió la doctrina Parot hizo algo muy valioso, que es decir que cada caso concreto tenía que ser valorado en sí mismo», remarcó el ministro.
En la misma línea, el titular de la cartera de Interior, Jorge Fernánez Díaz, explicó que el fallo «en ningún momento ha derogado la doctrina Parot porque, a juicio del Gobierno, Estrasburgo resuelve «un caso muy concreto y sobre la base de la irretroactividad de la ley penal». «Pero en ningún momento se ha pronunciado sobre el endurecimiento de penas a los terroristas, sobre la que solo es competente el Tribunal Constitucional», insistió el político.
Asimismo, al ser cuestionado sobre la exigencia de Estrasburgo de liberar inmediatamente a Del Río, Fernández Díaz fue tajante al negar tal posibilidad ya que, según su opinión, la etarra «se fugaría, sin lugar a dudas».
El popular aclaró también que en el supuesto de que la sentencia fuera confirmada por la Gran Sala y España se viera obligada a pagar una indemnización de 30.000 euros a la terrorista, el dinero se le descontaría a Inés del Río Prada «de la inmensa responsabilidad civil» a la que debe hacer frente. «Debe muchísimo más a las víctimas y lo que haríamos es descontárselo de lo mucho que tiene que pagar a los más de 23 asesinados», subrayó el ministro.
3.000 años. La Justicia nacional estableció en 2006, en lo que se conoce como doctrina Parot, que quienes son condenados por delitos graves no pueden beneficiarse de los beneficios penitenciarios en su tiempo máximo legal de prisión, sino que solo pueden descontarlos del total de la condena, los 3.000 años en el caso de Del Río. La doctrina tiene el aval del Tribunal Constitucional.
La etarra entró en la cárcel en 1989, tras haber sido juzgada y condenada por varios atentados cometidos mientras fue miembro del Comando Madrid de la banda, entre ellos el que costó la vida a 12 guardias civiles en la madrileña Plaza de la República Dominicana en 1986.
Aplicando los beneficios penitenciarios a los 30 años de cárcel que como máximo se pueden cumplir en España, habría podido quedar en libertad en julio de 2008. Pero la Audiencia Nacional española aplicó a su caso la doctrina Parot y retrasó su salida de prisión hasta junio de 2017.
Para el TEDH, que se enfrentó al caso por un recurso de los abogados de la criminal, esa revisión de la condena es «irregular» y vulneró, entre otras cosas, «su derecho a la libertad y la seguridad», recogido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Por ello, la corte ordenó a España «su puesta en libertad en el plazo más breve posible» y condenó al país a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales, además de pagar 1.500 euros por gastos del proceso.
Ante el Tribunal europeo hay recurridos más de 30 casos similares de aplicación del endurecimiento de penas a los terroristas. Esa cifra podría verse ampliada, ya que la Audiencia Nacional aplicó la doctrina a 87 presos de la banda entre 2006 y 2011.
