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Isabel I, una mujer revolucionaria por tierra y por mar

por El Adelantado de Segovia
6 de octubre de 2024
en Segovia
Proclamación de Isabel I como Reina de Castilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.

Proclamación de Isabel I como Reina de Castilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.

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Mª Mercedes Sanz de Andrés

El viernes 27 de septiembre el escritor Juan Francisco Sanjuan presentó su libro “Los Reyes Católicos y su reinado”. Para el autor, entre ambos crearon en España la estructura de un nuevo Estado que cimentaron a través de tres principios: Unidad territorial, unidad racial y unidad confesional.

Isabel fue una mujer revolucionaria por tierra y por mar en la transición de la Edad Media a la Edad Moderna. Desde su nacimiento, el 22 de abril de 1451, Isabel vivió su infancia en condiciones precarias sin esperanzas de alcanzar el trono, pero lo alcanzó, aunque una mujer y otros dos hombres, la precedieran en la línea de sucesión. Su vida estuvo rodeada de un mundo de intrigas y la observación directa de las debilidades de la corona fue crucial en su futuro. En 1454 muere su padre Juan II y en su testamento dispuso que “si sus hermanos llegaban a fallecer sin descendencia legítima, a Isabel correspondería recibir la sucesión que tenía don Enrique”. Su hermano Alfonso murió el 5 de julio de 1468 a los 14 años de edad. Isabel comenzó un difícil camino al trono convirtiéndose en uno de los centros de ambiciones y enfrentamientos. Fue entonces, con 17 años, cuando comenzó a demostrar su talento político y estratégico convirtiéndose en candidata al trono de Castilla. Una joven que inició las negociaciones con Enrique IV para buscar una salida pacífica al conflicto sucesorio planteándolo desde la absoluta convicción de su derecho al trono. El 4 de julio de 1468, cuando los médicos le comunicaron a Isabel que su hermano Alfonso iba a morir, ella escribió una carta a Enrique IV en la que entre otras cosas dice: “Ya vosotros sabéis que en hora de Nuestro Señor de su vida otra cosa dispusiese, la subcesión destos reinos e señoríos de Castilla y León pertenezcan a mí como su legítima heredera y subcesora que soy”. Durante los meses de julio y agosto se desarrollaron las negociaciones entre representantes del rey y partidarios de Isabel. Se disponen las cláusulas de la concordia el 18 de septiembre de 1468 en la venta llamada de los Toros de Guisando. Dentro de la venta el rey mandó leer la Capitulación y disponía el nombramiento de Isabel como princesa legítima heredera del rey, que se obligaba a vivir con él en la corte , hasta que se casase; que antes de 40 días debía ser jurada como heredera con concesión del principado de Asturias, que la princesa se casaría con quien deseara, pero con la autorización del rey, el rey reconocía que no estaba legítimamente casado con la reina y que ésta debería salir de los reinos en el plazo de cuatro meses, que no se consintiera que la reina se llevara a su hija, Juana y que en prueba de cumplimiento de lo pactado, entre otros aspectos. A partir de este momento, la heredera, rechazó el camino de la sublevación respetando en todo momento a su hermanastro, pues no era correcto destronar al rey. Sin embargo, Isabel no aceptó un marido contra su voluntad y eligió a Fernando. Este es un punto clave para comprender el carácter de la reina. Las complicaciones derivadas de este matrimonio dificultaron su camino hacia el trono. El rey se vengó con la celebración el 25 de octubre de 1470 de un acto político en un lugar llamado Val de Lozoya. Aquí el rey juró con su esposa Juana de Portugal sobre la cruz que la niña era hija legítima de ambos, declarándola por segunda vez, heredera del trono de Castilla. Superado los acontecimientos de Valdelozoya Isabel y Enrique se reconcilian en Segovia en 1471. El 11 de diciembre de 1474, muere Enrique IV e Isabel, ejerciendo su legítimo derecho como heredera de la corona, es proclamada, en solitario, Reina de Castilla en el atrio de la iglesia románica de San Miguel, en Segovia, el 13 de diciembre de 1474. Y aquí encontramos su determinación porque confirmó su derecho a reinar, no como consorte de un monarca, sino como legítima soberana de un reino al que supo pacificar y luego gobernar durante treinta años, conduciéndolo hacia un estado de prosperidad como pocas veces se ha alcanzado con los pilares de su gobierno: Justicia y paz. Una de estas medidas en consecución de esta paz en sus reinos fue la expulsión de los judíos.

Acta de proclamación de Isabel. Archivo Municipal de SegoviaCastilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.
Acta de proclamación de Isabel. Archivo Municipal de SegoviaCastilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.

La determinación de la Reina Isabel
Durante su reinado, Isabel supo hacer frente y resolver cualquier problema porque su política fue auténtica. Isabel, puso fin a la reconquista en la Península con la toma de Granada, asumió y patrocinó la empresa de Colón y revolucionó los mapas. Para Isabel, el principal motivo que impulsó la conquista fue la evangelización y quiso, además, engrandecer el mestizaje de ambas civilizaciones con un cristianismo que era lo más avanzado de ese tiempo. Isabel inaugurará y dará la norma del nuevo código español de las Leyes de Indias, rompiendo el pensamiento esclavista de la época, como también quedó reflejado en el Codicilo de su testamento. Una mujer que restableció la dignidad del Estado castellano anulando, sobre todo, muchas de las concesiones abusivas hechas a la nobleza. En este empeño, no deja de llamar la atención su capacidad de trabajo para dar estabilidad y unión a un reino que, en comparación con los de su padre y su hermanastro, estuvo dividido y sumido en conflictos. Su reinado también estuvo marcado por las relaciones entre Castilla y Portugal, las guerras de Italia y la implicación de la Corona de Aragón, las conquistas de Tenerife y Melilla, la guerra civil catalana, la política con Flandes, así como la política matrimonial de sus hijos que permitió que Castilla se integrara en Europa aislando a Francia.

La Real iglesia de San Miguel y el espacio urbano donde se encontraba la antigua.Castilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.
La Real iglesia de San Miguel y el espacio urbano donde se encontraba la antigua.Castilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.

La Reina Isabel en Segovia y Segovia en Isabel
“Yo el rey enbio muchos saludos a vos el conçejo, alcaldes, alguasil, regidores, cavalleros, escuderos, oficiales e omnes buenos de la cibdad de Segouia, commo aquellos que amo e quien mucho fio (…) fago vos saber que, por la graçia de nuestro señor, este jueues próximo pasado la reyna donna Ysabel, mi muy cara e muy amada mujer encaesçio de vna ynfanta”.

Recreación histórica de la proclamación de Isabel, año 2004.
Recreación histórica de la proclamación de Isabel, año 2004.

Con estas palabras, Segovia recibió la noticia del nacimiento de la infanta Isabel, en la misma ciudad donde la proclamaron Reina de Castilla. Segovia fue un lugar destacado en la biografía de la reina. En ella vivió, se proclamó y en Segovia afirmó su derecho a reinar, no como consorte de un monarca sino como legítima soberana de un reino al que supo pacificar y luego gobernar. Sin sede fija para su corte, los reyes de la Casa Trastámara mostraron una especial predilección por Segovia, residiendo largas temporadas en el Alcázar, símbolo del poder político del monarca y donde se guardaba el Tesoro de Castilla. En el Alcázar también se hallaba Isabel cuando se supo que había muerto Enrique IV y del Alcázar salió para ser proclamada Reina en el atrio de la iglesia románica de San Miguel, atrio donde se reunía el Concejo y se impartía justicia. En el momento del juramento de la proclamación, Isabel da las pinceladas de lo que será su reinado. Meses después el 15 de enero de 1475 firmó en el Alcázar la Concordia de Segovia, documento que regulaba cómo se repartieron los reyes el ejercicio del poder y sentando las bases del Estado moderno.

En Segovia residió en 1462, 1464, 1465, 1467, 1471, 1473 1474, 1475, 1476, 1486, 1494 y 1503 meses antes de fallecer en 1504. En Segovia también encontramos, a través de los símbolos, el poder representativo del arte que sirvió a los Reyes para devolver la dignidad de la imagen real. Para ello se sirvieron de la presencia efectiva en todo su territorio, concedieron mucha importancia a la heráldica como vemos en la portada de acceso al claustro de la catedral, decorada con el águila de San Juan o la divisa “TANTO MONTA” en el convento de Santa Cruz la Real junto con el yugo y las flechas, la Y de Ysabel y la F de Fernando; el nuevo concepto de lo público con la difusión de la cultura, la imprenta así como la reparación obras públicas como el Acueducto, obras en los puentes, cubos de la muralla, calzadas, puertas, fuentes, etc. Una huella importante la tenemos en el monasterio de San Antonio el Real lugar citado en el testamento de la reina por si su enterramiento no se pudiera realizar en Granada. A este monasterio le regaló una reliquia de la saya de Cristo. Su huella también la encontramos en otros espacios que, por sus características, se denominó “estilo isabelino”.

En su vocación de imperio, como continuidad de la reconquista, hallamos la gran gesta del descubrimiento de América y el consecuente “imperio generador” porque en poco más de cincuenta años, entre 1492 y 1545, España descubrió, exploró, conquistó y en buena parte pobló un territorio veinte veces mayor que la Península Ibérica y muchos de sus protagonistas fueron segovianos. La Carrera de Indias se convertirá en el conjunto de rutas que unieron Castilla con sus virreinatos americanos siendo fundamentales las llamadas Bulas Alejandrinas por las que el Papa concedía a los Reyes todas las tierras descubiertas y por descubrir.

Acta de proclamación de Isabel. Archivo Municipal de SegoviaCastilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.
Acta de proclamación de Isabel. Archivo Municipal de SegoviaCastilla. Carlos Muñoz de Pablos. Patronato del Alcázar de Segovia.

Vuelva a la ciudad de Segovia los dichos lugares y vasallos libre y desembargadamente….
En el acta de proclamación, la reina Isabel juró mantener “los privilegios e libertades esenciones e franquezas e buenos usos e costumbres que la dicha cibdad e sus arrabales e tierra tenían”. En las Cortes celebradas en 1480 para tratar, entre otros asuntos, de recuperar el patrimonio real dilapidado por Enrique IV con sus donaciones, los reyes “hicieron merced al alcaide Andrés de Cabrera de mil y doscientos vasallos en todo el sexmo de Valdemoro y parte del de Casarrubios, con título entonces de empeño, para dárselos después en otra parte”. La Ciudad protestó y puso una demanda en la Chancillería de Valladolid y lo volvió a intentar tras la muerte de Isabel. Garcí Ruiz de Castro (1551) y Diego de Colmenares (1637) narran la reacción del pueblo de Segovia y nos dicen que acudieron al ayuntamiento para levantar tres tablados. Segovia se vistió de luto. Los segovianos cogieron el pendón con las armas de la ciudad, los perros aullaban y los segovianos derramaban cántaros de ceniza por las gradas y la echaban sobre las cabezas. A los niños pequeños les daban bofetones para que se acordasen de aquella reclamación. Pasó el tiempo y los reyes no compensaron de otra manera los favores que debían a los Cabrera-Bobadilla y la segregación se mantuvo. El 12 de octubre de 1504 en Medina del Campo, la reina Isabel redactó testamento. Días después, el 23 de noviembre de 1504, la reina Isabel dispuso un codicilo a su testamento, una especie de apéndice, para anotar temas que no se recogen en su testamento. En él deja constancia de su voluntad de devolver a Segovia la tierra que había entregado en “empeño” a los marqueses de Moya. El concepto de “empeño” alude al concepto de “depósito” que la reina alude en su codicilo, un concepto heredado del derecho romano que aluce a una mera detentación por parte del depositario porque la propiedad y la posesión permanecerá junto al depositante, en este caso, la corona real. En este codicilo, la voluntad de la reina es:

“El rey mi señor e yo les ovimos fecho merçed de çiertos lugares e vasallos de tierra de Segouia, para que los dichos marqués e marquesa los touiesen çiertos años en prendas de otros tantos vasallos(…) en remuneraçion de los dichos sus seruiçios por ende por que la dicha Corona real no quede agrauiada ni asímismo la dicha çibdad de Segouia, a quien el rey mi señor e yo ovimos jurado solemnemente que nunca daríamos ni enagenaríamos lugar alguno de la tierra e término de la dicha çibdad de Segouia, ni nuestra voluntad ni yntençión fue de los enagenar de la dicha çibdad, sino por enpeño fasta les dar otros vasallos. Quiero e mando, que luego sea fecha emienda e equiualençia de todo ello a los dichos marqués e marquesa de Moya en otros lugares e vasallos de los que avemnos ganado en el dicho reyno de Granada(…) que sean de tanta suma de renta e valor como lo son los dichos lugares e vasallos que tienen en el dicho enpeño de la dicha çibdad de Segouia (…). Como a causa del juramento que a la dicha villa teníamos hecho de no la enagenar de nuestra Corona real, mando que se mire mucho si la dicha merçed ovo lugar dese fazer e si nos la podimos hazer, e si se nos pudo relaxar el dicho juramento. E si se fallare que se pudo hazer e relaxar, la dicha merçed quede a los dichos marqués e marquesa segund la tienen de nos. E si se hallare que no ovo lugar ni les podimos hazer la dicha merçed, mando que en tal caso luego sea fecha emienda e equiualençia (…)”.

Retrato de la reina Isabel la Católica en la capilla de Nuestra Señora de la Paz en la Real Iglesia de San Miguel. Por el estilo de esa pequeña vidriera, ajena al estilo barroco, es probable que proceda de la antigua iglesia de San Miguel.
Retrato de la reina Isabel la Católica en la capilla de Nuestra Señora de la Paz en la Real Iglesia de San Miguel. Por el estilo de esa pequeña vidriera, ajena al estilo barroco, es probable que proceda de la antigua iglesia de San Miguel.

No se restituyó y tampoco se cumplieron algunas disposiciones de su testamento.

¿Por qué es importante hablar de Isabel la Católica?
Porque no hubiera sido una gran reina, si, además, no fuera una gran mujer, con una categoría femenina extraordinaria. Una mujer que vivó para reinar, siendo madre, esposa, guerrera, piadosa y gobernante excepcional. Su proclamación es el acontecimiento más trascendental que ha tenido Segovia como escenario.

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