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La sanción por aparcar obstaculizando la circulación se eleva a los 200 euros

por Redacción
5 de marzo de 2012
Aparcar o estacionar interrumpiendo la circulación supone ya una “falta grave” en la Ordenanza Municipal de Circulació. / Juan Martín

Aparcar o estacionar interrumpiendo la circulación supone ya una “falta grave” en la Ordenanza Municipal de Circulació. / Juan Martín

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Los conductores deberán estar más atentos que nunca si no quieren sufrir un duro golpe a su cartera. El Ayuntamiento ha endurecido las sanciones para aquellas infracciones que afectan al normal desarrollo de la circulación. Quien estacione de forma indebida, obstaculizando el normal desarrollo del tráfico, debe saber que se le impondrá una multa de 200 euros; por los 80 euros en que se sancionaba hasta ahora la infracción. Este endurecimiento de las sanciones es consecuencia del acuerdo de pleno del Ayuntamiento, que aprobó, por unanimidad, diversas modificaciones en la Ordenanza Municipal de la Circulación.

En síntesis, toda parada o estacionamiento en la calzada, que obstaculice la circulación o constituya un riesgo para el tráfico supondrá 200 euros de multa. La cantidad responde a la nueva tipificación de la negligencia, que pasa de ser falta “leve” a “grave”. Del mismo modo, también son ahora ‘faltas graves’ parar o estacionar , obstaculizando la circulación, en espacios reservados para contenedores de residuos, vehículos de organismos públicos, hoteles, obras o mudanzas. En suma, “se pasa de sanción leve a sanción grave cualquier obstrucción de la vía de un vehículo que, por este motivo, deba ser retirado por la grúa”, afirma el concejal de Tráfico, Alfonso Reguera.

Quien piense que la medida se adopta por un mero afán recaudatorio se equivoca. Y es que el endurecimiento de sanciones en este supuestos se produce para ajustar la ordenanza municipal a la Ley de Seguridad Vial; que en su artículo 65.4 considera infracciones graves “parar o estacionar (…) en lugares donde se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones”.

Como consecuencia de la modificación, si se para o estaciona en ‘doble fila’, obligando a reducir la circulación a un solo carril, o, por ejemplo, si se hace enfrente de contenedores, impidiendo la retirada de su contenido por parte de los servicios de limpieza, la multa será de 200 euros; a la que habría que sumar otros 84,52 euros, en el caso de que tuviera que intervenir la grúa municipal para retirar el vehículo. No obstante, los infractores seguirán disfrutando de descuentos por ‘pronto pago’. Antes la multa de 80 euros se quedaban en 40 euros si se abonaba la multa en el periodo voluntario. Ahora los 200 euros se quedarán en la mitad si el infractor ‘cumple’ y paga la multa con prontitud.

Mudanzas

Por otra parte, el pleno aprobó otras modificaciones de la Ordenanza, aunque de menor calado. Los conductores que aparquen en espacios reservados para las mudanzas, señalizados con 48 horas de antelación, deberán asumir la multa y la tasa por ‘enganche’ y retirada por la grúa municipal. Antes la tasa de grúa la abonaba la empresa de mudanza que requería el servicio municipal.

Por otro lado, las empresas de servicios básicos —telefonía, gas y electricidad— podrán realizar un solo pago anual que les permitirá aparcar en zona azul y acceder a la Plaza Mayor.

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