Para Baltasar Garzón, la causa que se sigue contra él en el Tribunal Supremo (TS) por investigar los crímenes del franquismo no solo viola sus derechos fundamentales, sino que, además, impide hacer justicia a las víctimas. Por eso, el magistrado -suspendido provisionalmente de sus funciones en la Audiencia Nacional y actualmente consultor de la Fiscalía en la Corte Penal Internacional de La Haya- decidió ayer apelar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), ante el que alega que el TS ha acudido para procesarle a las leyes de amnistía de 1977, que no se pueden aplicar a delitos graves, y critica que juzgarle por la legislación penal es un «obstáculo para las obligaciones internacionales de protección de la independencia judicial». Garzón está acusado de un delito de prevaricación por considerarse competente para estudiar esos crímenes, a pesar de que se le había advertido de que no lo era.
El juez argumenta que la causa abierta contra él en el Alto Tribunal por investigar los asesinatos franquistas ha violado sus derechos fundamentales.
En la demanda, que fue presentada con el fin de «reivindicar el derecho a desempeñar sus obligaciones sin miedo a la persecución judicial», el ahora consultor alega que la causa por supuesta prevaricación viola varias obligaciones españolas respecto al Convenio Europeo de Derechos Humanos, como la de proteger a los individuos de procedimientos penales injustos y el principio de independencia judicial. «Este caso trata del enjuiciamiento injustificable de un magistrado por veredictos razonados y como respuesta a su intento de impartir justicia a las víctimas de las atrocidades del franquismo», señaló Garzón.
La petición se centra en que «es inadmisible» iniciar un procedimiento penal contra el togado en las actuales circunstancias, así como en las «graves consecuencias de dicho procedimiento», no solo para el español, «sino para la independencia judicial, la protección de los derechos humanos y el estado de derecho en general».
Otro de los argumentos que esgrime en su demanda es que «la opinión de que las amnistías y la prescripción no se aplican a delitos graves en virtud del derecho internacional, incluidos los crímenes contra la humanidad, cuenta con un apoyo generalizado en todo el Derecho internacional».
El Supremo tiene paralizado este procedimiento hasta que se resuelvan las recusaciones que el juez ha promovido contra cinco de los siete magistrados del Alto Tribunal que le juzgarán.
