El Adelantado de Segovia
martes, 30 diciembre 2025
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Sociedad
  • Actualidad
  • EN
El Adelantado de Segovia

El Supremo tumba la opción de cobrar tasas en la estación de autobuses

por Redacción
18 de febrero de 2014
Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

Aprobada la declaración de caducidad del procedimiento de venta forzosa del edificio del Hotel Victoria

Aprobada una nueva licencia urbanística para la rehabilitación del Teatro Cervantes

El acto de izado de la bandera de España en la glorieta Victoriano Hernando y Palacios tendrá lugar el 20 de diciembre

El Tribunal Supremo ha fallado en contra del Ayuntamiento de Segovia y ha desestimado el recurso de casación que el consistorio había presentado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), en la que se anulaba, por ser contraria a derecho, la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el servicio de Estación Municipal de Autobuses.

Así lo desveló ayer el PP, en un comunicado, en la que indica además que esta nueva sentencia condena en costas al Ayuntamiento por importe de 8000 euros y además tendrá que compensar al concesionario, la empresa Compañía de Aparcamiento Regulado S.A. (CARSA), con 198.000 euros.

Según recuerda el PP, en la sentencia del TSJCyL, emitida en el mes de marzo del 2011, se decía que la prestación de los servicios y actividades en las instalaciones municipales, que constituían el hecho imponible de la tasa, se prestan en una infraestructura municipal denominada «Estación de Autobuses», que no cuenta ni con autorización preceptiva, ni con las instalaciones precisas.

El PP mantiene que la sentencia «fue clara», puesto que «no se pueden cobrar tasas por la prestación de servicios en una estación de autobuses cuando ésta no está legalizada como tal y, por tanto, no es más que un apeadero de viajeros».

Los populares señalan que a pesar de la contundencia de la sentencia y de los argumentos inamovibles en los que se ampara, el equipo de Gobierno, «siguiendo las directrices de quien les dirige», en alusión al alcalde, Pedro Arahuetes, «decidió recurrir lo irrecurrible y presentar recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo». «Fue fruto del empecinamiento de un alcalde que se empeña en que lo blanco puede ser visto como negro, si se presenta un recurso argumentado», añaden los populares.

«El Tribunal Supremo ha dejado claro que lo blanco es blanco y lo negro es negro y el pasado 3 de febrero de 2014, dictó sentencia fallando en contra del Ayuntamiento de Segovia, desestimando el recurso de casación presentado y condenando al mismo en costas con un precepto de cuantía máxima en reclamación de 8000 euros», explica el PP.

Como se recordará, en marzo de 2007 se adjudicó, mediante un contrato público, la gestión y explotación del servicio público correspondiente a la estación de autobuses y del aparcamiento subterráneo a la empresa Compañía de Aparcamiento Regulado S.A. (CARSA),un contrato que finaliza el próximo mes de marzo y en el que se establecía que la empresa cobraría dos tasas, una por la entrada y salida de los autobuses con viajeros y otra por la utilización de los servicios generales de la estación sobre cada billete expedido en todas las líneas, para lo cual se modificaron las Ordenanzas Fiscales. Según el PP, esta imposibilidad de cobrar las tasas produjo un desequilibrio económico que debe de ser compensado al concesionario por él Ayuntamiento y que está cifrado en 198.548 euros.

El PP mantiene que los presupuestos municipales para este 2014 no había prevista ninguna partida para hacer frente a esta indemnización y, en aras de evitar el posible desembolso económico, el Gobierno municipal propuso en el pasado pleno compensar económicamente al concesionario con la ampliación de la concesión del parking por un período de 6 años y una subida de las tarifas de rotación del 35,77%.

«Aunque ya les habían advertido de la ilegalidad de la situación, la prepotencia del Gobierno municipal le llevó a sacar a concurso público la explotación de una estación de autobuses cuando no está calificada como tal y a modificar las Ordenanzas Fiscales para poder cobrar unas tasas sobre una explotación que no reúne las condiciones exigidas», aseguran los populares.

«Esa misma prepotencia -añaden— les llevó a presenta el recurso de casación contra la sentencia del TSJCyL, cuando éste fue muy claro en su fallo».

«¿Hasta cuándo vamos a seguir pagando los segovianos las cabezonerías de un gobierno que se gasta cantidades millonaria en presentar recursos carentes de argumentos jurídicos?», se preguntan los populares, para añadir: «como se nota que se juega con pólvora ajena y que al Gobierno municipal socialista, le da igual que nos condenen en costas por defender algo indefendible y carente de argumentos jurídicos».

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Guía de empresas

No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Sociedad
  • Actualidad
  • EN

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda