La Audiencia Provincial de Segovia ha absuelto a A. S. F., interno del Centro Penitenciario de Segovia, que estaba acusado de los delitos de asesinato y homicidio, entre otros, al considerar el jurado popular que en la vista oral no se ha probado que fuera el autor del golpe que causó la muerte en 2009 a J. M. J., preso asimismo del citado centro.
La sentencia redactada por el presidente del tribunal del jurado, el magistrado Andrés Palomo, que lo es también de la Audiencia, recoge que el jurado ha declarado probado que el 26 de octubre de 2009 se produjo una reyerta en uno de los módulos del Centro Penitenciario de Cumplimiento de Torredondo y que la víctima intentó intervenir para separar a los contendientes. En ese momento recibió un puñetazo y un golpe en la cabeza propinado con un calcetín que tenía en su interior una pelota de frontón, siendo este último el que le originó una gran hemorragia y contusión encefálica que le causó la muerte al día siguiente por hemorragia y edema cerebrales.
Sin embargo, el jurado declara no probado que A. S. F. sea el autor del golpe realizado con ese calcetín.
Como se recordará, la fiscal pedía para este preso una pena de 12 años de prisión, por un delito de homicidio, mientras que la acusación particular, ejercida por la familia de la víctima, solicitaba 16 años de cárcel, al apreciar su letrado que se había producido un asesinato.
El abogado defensor pidió la absolución en sus conclusiones finales, tras conocer por boca de los forenses que la causa de la muerte había sido el golpe propinado con el calcetín, ya que el acusado solo reconoció que había dado un puñetazo al compañero fallecido.
El magistrado ponente, en los fundamentos jurídicos de la sentencia, señala que, una vez que quedó clara la causa de la muerte, la duda a la que se enfrentaron los miembros del jurado era la autoría del golpe homicida.
Relata Palomo que sólo un testigo afirmaba haber visto al acusado con el calcetín y golpear con él a J. M. J. pero en la vista, a preguntas de las acusaciones, cambió su versión y afirmó que quien golpeó a Jesús fue otro interno.
Aunque al final, a preguntas precisamente del magistrado, el testigo se desdice y vuelve a inculpar a A. S. F. , Palomo reconoce que “lógicamente su credibilidad resulta quebrantada” y su versión “no ofrece ninguna garantía” al jurado.
Recurrible
La sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, tiene también como consecuencia el cese de la situación de prisión provisional para A. S. F.
Indemnizaciones
El letrado de la acusación particular informó ayer de que el próximo lunes se reunirá con la familia de la víctima para estudiar la posibilidad de un recurso, aunque él no se muestra partidario. Además, al considerar el jurado y la sentencia probado que J. M. J. falleció por muerte violenta, solicitará indemnizaciones por un valor conjunto de 350.000 euros al Ministerio del Interior, como responsable civil subsidiario, al ocurrir los hechos en un centro público y sujeto a vigilancia.
