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Sanidad eliminará las 24 horas de espera para el traslado de cadáveres

por Ical
1 de noviembre de 2021
Crematorio KAM4534

El crematorio segoviano Santa Teresa está ubicado en la carretera de Arévalo o CL-605. / KAMARERO

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La Consejería de Sanidad eliminará el plazo obligatorio de espera de 24 horas para poder trasladar un cadáver, al tiempo que evitará que los nuevos crematorios se levanten a menos de 200 metros de los núcleos de población. Además, rebajará la distancia de 15 metros exigida entre cementerios y edificios residenciales en municipios de menos de 5.000 habitantes. Así lo fija el borrador de la norma conocido por Ical, que modificará el Decreto por el que se regula la Policía Sanitaria Mortuoria en Castilla y León, que data de 2005, y que está previsto que salga a consulta en diciembre. El objetivo es que pueda ver la luz el próximo verano.

La decisión de eliminar el plazo de 24 horas para proceder a la conducción ordinaria o al traslado de un cadáver busca agilizar los tiempos en unos momentos muy difíciles para las familias que desean que el cuerpo sea enterrado fuera del territorio autonómico. De hecho, durante los peores momentos de la pandemia, se eliminó de manera transitoria. También, con esta supresión Sanidad pretende dar respuesta a las demandas de las funerarias. Por ejemplo, en Madrid ya lo han quitado, según explicaron fuentes de este departamento.

Así, el traslado podrá realizarse una vez emitido el certificado de defunción y la licencia de sepultura, y debe llevarse a cabo en féretro y en vehículo de transporte funerario debidamente acondicionado, salvo en caso de catástrofes, graves situaciones epidemiológicas o en supuestos en los cuales la autoridad sanitaria lo autorice mediante resolución expresa.

Crematorios, a 200 metros

Respecto a los nuevos hornos crematorios, la normativa establecerá que se ubiquen, con preferencia, en suelos de clasificación industrial. Además, obligará a que no haya poblaciones o espacios vulnerables -residencias de personas mayores, zonas de viviendas, centros sanitarios, parques infantiles, entre otras- en el radio de 200 metros a partir del foco de emisión que constituye la chimenea del crematorio.

En tercer lugar, el decreto modificará la distancia de las edificaciones de uso residencial con respecto a los cementerios en núcleos con población inferior a 5.000 habitantes. En estos momentos, la norma fija una distancia mínima de 15 metros, que se reducirá.

Tanatopractores

Por último, se recogen las demandas del sector. La norma reconocerá la figura del tanatopractor, de modo que estos profesionales, con título acreditado, podrán realizar las prácticas de conservación transitoria y embalsamamientos, que hasta la fecha sólo pude hacer un médico. Con este paso, se avanza en la profesionalización del sector.

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