Castilla y León baja el nivel de alerta a 3. Así lo confirmó este jueves el vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Francisco Igea, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno; que a su vez anunció que el horario de terrazas de los establecimientos hosteleros queda ampliado hasta las 1.00. El Gobierno autonómico toma está decisión dada la mejoría de «la incidencia acumulada» y la evolución de «la campaña de vacunación», apuntó Igea.
Una vez en nivel 3, que se hará efectivo con la entrada en vigor en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) previsto para este viernes, 21 de mayo, los establecimientos hosteleros que ahora tienen cerrado su interior por tener una alta incidencia acumulada a 14 días, como es el caso de La Granja de San Ildefonso, pueden reabrir. En cuanto al consumo en barra, queda descartado. «Aún necesitamos mantener distancia social», señaló Igea. En interiores el cierre está fijado a las 00.00 horas.
Reuniones de seis de 1.00 a 6.00, por el TSJ
Por otro lado, la Junta estudia limitar las reuniones no regladas, tanto en interiores como en exteriores, a un máximo de seis personas entre la 1.00 y las 6.00 horas. El Gobierno autonómico se amparará en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), dado que se trata de una limitación de los derechos fundamentales de las personas. Asimismo, siguiendo las directrices del Consejo Interterritorial de la Salud, los establecimientos dedicados al ocio nocturno seguirán cerrados. Podrán adaptar sus horarios, con el límite anunciado este jueves hasta la 1.00.
Horarios por niveles
Hostelería
Nivel 2: se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos la una de la madrugada como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las doce de la noche. No se impone limitación horaria en las terrazas en este nivel, más allá de la regulación propias de la actividad.
Nivel 3 y 4: se establece como horario de cierre la 1.00 horas para terrazas y las 00.00 horas para el interior de los establecimientos, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de la medianoche y de las once de la noche, respectivamente.
Alojamientos turísticos
Nivel 1: el número máximo de personas alojadas será el que el establecimiento tenga autorizado por el órgano competente en materia de turismo.
Nivel 2: el número de personas alojadas será de un máximo de doce huéspedes, pudiendo estar integradas por un máximo de dos grupos de convivencia estable. Si las personas alojadas conforman un único grupo de convivencia estable, el aforo será el que tenga autorizado el establecimiento por el órgano competente en materia de turismo.
Nivel 3: el número de personas alojadas será de un máximo de diez personas, pudiendo estar integradas por un máximo de dos grupos de convivencia estable.
Nivel 4: se mantienen las condiciones del nivel de alerta 3, sin perjuicio de que se puedan adoptar medidas sanitarias preventivas excepcionales, entre las que podrá acordarse la suspensión de la actividad.
Encuentros de negocios
Nivel 1: aforo máximo del 75% del lugar de celebración, con un límite máximo de 500 asistentes.
Nivel 2: aforo máximo será del 50% del lugar de celebración, con un límite máximo de 300 asistentes.
Nivel 3: se recomienda su celebración de forma telemática. No obstante, si se celebran presencialmente, el aforo máximo será de un tercio, con un límite máximo de 150 asistentes.
Nivel 4: sólo podrán realizarse de forma telemática.
