De los 209 ayuntamientos de la provincia de Segovia que están obligados a rendir las cuentas de cada ejercicio, un total de 110 no han presentado las de 2019 en el plazo legal establecido. Destaca entre esos municipios, el Ayuntamiento de Segovia, que aparece en la lista de “cuenta no rendida” del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
Aunque con carácter ordinario, la fecha legalmente estipulada en Castilla y León es el 31 de octubre siguiente al ejercicio objeto de rendición. Pero, la situación excepcional de la pandemia motivó en esta ocasión un aplazamiento de casi tres meses, hasta el 22 de enero, para facilitar el cumplimiento de esta obligación al conjunto de las 4.749 entidades que conforman el sector público de la Comunidad.
Segovia se sitúa a la cola de Castilla y León, al ser la provincia con un menor porcentaje (54,1%) de ayuntamientos que han presentado las cuentas de 2019.
La mayoría de los municipios que no han cumplido,47, son localidades de menos de 100 habitantes, que cuentan con menos recursos para realizar este tipo de trámites. Les siguen un total de 45 ayuntamientos de entre 100 y 500 habitantes que tampoco han cumplido los plazos. Nueve localidades de entre 500 y 1.000 habitantes tampoco han rendido las cuentas, al igual que otros, de más de 1.000 habitantes. Estos últimos se trata de: Segovia, Coca, Navas de Oro y Villacastín.
En la lista facilitada por el Consejo de Cuentas, aparecen los ayuntamientos que no han rendido cuentas en 2017, 2018 y 2019. Y sobresalen en la provincia de Segovia 14 municipios que no han presentado cuentas en los tres últimos años, la mayoría con menos de 50 habitantes, menos una localidad que supera los 1.300, Navas de Oro.
Medidas para estimular el cumplimiento
-Promover la cobertura de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.
-Reforzar la capacidad y la suficiencia de recursos y de medios cualificados de las intervenciones locales para el ejercicio de sus funciones de control interno.
-Fortalecer la asistencia y el asesoramiento de los municipios, especialmente los de menos de 1.000 habitantes, por parte de las administraciones públicas.
-Revisar la regulación de las multas coercitivas establecidas en la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
-Propiciar acciones divulgativas orientadas a sensibilizar a las entidades locales con la obligación de rendir cuentas.
-Instar a la administración estatal y autonómica para que, tan pronto tengan conocimiento de la falta de rendición de cuentas de una entidad local, hagan efectivas las medidas que ofrece la normativa.
-Condicionar la percepción de subvenciones, ayudas o transferencias a la efectiva rendición de la cuenta general.
