La empresa adjudicataria de las obras de finalización del edificio del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDE), el único construido del proyecto más ambicioso del CAT —Círculo de las Artes y la Tecnología de Segovia—, inició el 13 de noviembre, antes de que el gobierno municipal anunciara su intención de resolver el contrato, una ofensiva con el mismo objetivo alegando el impago de facturas.
Más de un mes después, el equipo de la alcaldesa Clara Luquero acordó ayer en la Junta de Gobierno Local desestimar esa solicitud de Rogasa “porque no procede”, según asegura la propia regidora que explica que un decreto de Alcaldía anterior e “inmediatamente ejecutivo” impuso ya penalidades (sanciones económicas) a esta empresa por no cumplir el plazo de ejecución de las obras.
“Evidentemente no hemos podido acceder a la petición de Rogasa porque con las penalidades impuestas se procede a paralizar el proceso de pagos y las facturas pendientes tienen que servir para compensar esas penalidades en el caso de que la empresa no pague”, asegura Luquero.
En la misma Junta de Gobierno Local se acordó, por otra parte, ampliar el plazo de 10 días del trámite de audiencia a Rogasa, que se había iniciado el pasado día 3, conjuntamente con el expediente administrativo de resolución del contrato de las obras de finalización del CIDE, en este caso a iniciativa del Ayuntamiento.
La alcaldesa ha aclarado que esta ampliación ha sido solicitada por la propia empresa. El plazo finalizará el 31 de diciembre.
El día 3, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento aprobó el inicio del procedimiento de resolución del contrato “por incumplimientos del contratista, ante la existencia de defectos señalados en el acta de recepción de las obras de fecha 13 de Noviembre de 2020, que imposibilitan la recepción de la obra”.
Se aclaraba además en el acuerdo que “se trata de incumplimientos que afectan a lo exigido en la normativa e imposibilitan el uso del edificio por motivos de seguridad, y en consecuencia, se producen incumplimientos de los requisitos exigidos en el proyecto de ejecución”.
También se aprobó incorporar la documentación justificativa de la imposibilidad de recepción de las obras y pedir un informe a la unidad encargada del seguimiento y ejecución de las mismas para que comprobase la persistencia de los incumplimientos.
Por otro lado, se ordenó a la empresa contratista que adoptara las medidas necesarias para la vigilancia, el control y la prohibición del acceso a toda persona ajena al edificio, el cierre de los accesos y puertas y, por razones de seguridad y para evitar daños en el edificio, al mantenimiento y conservación de lo ejecutado, en el mismo estado en el que se encontraban el día en el que se firmó el acta de no recepción de las obras; es decir, el 13 de noviembre.
Dictamen
Otro aspecto importante de ese acuerdo del pasado día 3 es que ante la posibilidad de que la empresa adjudicataria formule su oposición a la resolución del contrato en los términos propuestos por el Ayuntamiento, el gobierno municipal avanzaba entonces su intención de recabar un dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León, previo informe del Servicio Jurídico municipal.
Antecedentes
Las obras para finalizar el edificio, que arrastra retrasos desde 2013, se licitaron en octubre de 2018 a Rogasa Construcciones y Contratas. El coste económico se fijo entonces en casi tres millones de euros. Un año después se formalizó la modificación del contrato, lo que supuso un incremento del coste en 248.481 euros.
Estas obras deberían haber finalizado el 9 de enero de este año por lo que el Ayuntamiento abrió un expediente de penalidades a pesar de que se restaron dos semanas al periodo computable por el tiempo de inactividad decretado por el Gobierno de España durante el estado de alarma. La empresa intentó la entrega del inmueble en el mes de julio pero en la inspección realizada ya en septiembre se comprobó que no se había ejecutado lo estipulado en el contrato y se concedió un plazo a la empresa para finalizarlo, sin perjuicio de que las penalidades siguieran incrementándose.
Finalmente, el pasado noviembre se produce la inspección definitiva, así como la solicitud de documentación necesaria a la empresa y el día 13 de ese mes, conforme al informe de la dirección facultativa de las obras y de los técnicos municipales, se decide no recepcionar el edificio.
Pocos días después, el concejal de Desarrollo Económico y Empleo, Jesús García Zamora, comunica la decisión del gobierno municipal y el 3 de diciembre se inicia el procedimiento para resolver el contrato.
Las sanciones económicas por las citadas penalidades se elevan a más de 179.000 euros, tanto por el incumplimiento del plazo de ejecución de las obras, que sigue corriendo hasta la resolución del contrato, como el de otros términos del mismo.
Del Consejo Consultivo a los tribunales
El Ayuntamiento acordó en Junta de Gobierno Local acudir al Consejo Consultivo de Castilla y León en el caso de que la empresa Rogasa se oponga a la resolución del contrato de ejecución de las obras de finalización del CIDE en los términos acordados por el Consistorio segoviano. Se trata en este caso de una consulta preceptiva, en aplicación del artículo 4.1 de la Ley 1/2002, de 9 de abril, que regula esta institución de la Comunidad Autónoma.
Las solicitudes de dictamen deben acompañarse del expediente administrativo, incluyendo la documentación y antecedentes necesarios para dictaminar sobre la cuestión consultada, así como el borrador, proyecto o propuesta de resolución. Una vez comprobado que la solicitud se ha formulado por la autoridad competente y que acompaña toda la documentación necesaria, se admitirá a trámite, se le dará un número de expediente a efectos de su tramitación y se notificará a la autoridad consultante la fecha en la que se ha producido la admisión. A partir de entonces, el dictamen debe emitirse en el plazo de 20 días hábiles, que puede ampliarse o reducirse, cuando resulte necesario, o suspenderse en determinados supuestos especiales (cuando deba requerirse documentación complementaria, solicitar el concurso de expertos u otorgar audiencia a los interesados).
Una vez recibido el dictamen, la autoridad consultante (en este caso sería el Ayuntamiento) tendrá que adoptar una decisión y comunicársela al Consejo Consultivo dentro de los 15 días hábiles siguientes. Este dictamen no sería vinculante pero sí determinante de la resolución o disposición administrativa que pondría fin al procedimiento administrativo, ya que sirven para fundamentarlo y, en su caso, exige que se motiven las razones por las que una resolución se aparta de lo dictaminado.
Finalizada la vía administrativa, sin embargo, la empresa puede optar por la vía judicial, presentando un recurso Contencioso-Administrativo.
