El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha acordado hoy una serie de medidas preventivas y recomendaciones específicas a aplicar durante el período navideño, y por tanto con carácter temporal y excepcional, ante la evolución de los indicadores y con el objetivo de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Se trata de limitaciones concretas para evitar aglomeraciones en espacios públicos, como el festejo de las doce campanadas, la celebración de espectáculos y actividades, las cabalgatas de reyes, las exposiciones de belenes y belenes vivientes, los mercados al aire libre o los alojamientos de turismo rural. El acuerdo producirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta las 23:59 horas del día 6 de enero de 2021.
En cuanto a las medidas específicas trazadas por la Junta de Castilla y León con motivo de estas fechas festivas preventivas, son las siguientes:
- «Con el fin de evitar la formación de aglomeraciones de personas en las vías y espacios públicos, los ayuntamientos adoptarán medidas de control del aforo en aquellas vías o espacios públicos que se prevea que puedan tener una alta densidad de afluencia de personas, estableciéndose, si fuese necesario, itinerarios para dirigir la circulación de las personas y así poder mantener la distancia de seguridad interpersonal.
- No se podrán organizar actos con motivo de festejar las doce campanadas de fin de año en plazas o vías públicas. Los ayuntamientos respectivos informarán a la población para que no concurra a los lugares donde tradicionalmente se desarrollen estos actos y adoptarán medidas precisas de control para evitar que se produzcan aglomeraciones por dicho motivo.
- Se suspende provisionalmente la concesión de nuevas autorizaciones para la celebración de espectáculos y actividades recreativas cuyo desarrollo discurra por uno o varios términos municipales, con las excepciones previstas en los puntos siguientes.
- Si bien se recomienda no celebrar eventos como cabalgatas de reyes y conciertos navideños, y en general cualquier acto que contribuya a una elevada afluencia con riesgo de aglomeración de personas en la vía pública, siendo preferible su sustitución por actos retransmitidos a distancia o virtuales, en caso de celebrarse, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
- a) sólo podrá hacerse en recintos acotados, estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público y en el caso de cabalgatas y similares deberán realizarse de forma estática.
- b) el público asistente deberá permanecer sentado y no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla de todo el público asistente.
- c) se prohíbe el consumo de alimentos y bebidas, así como cualquier otra actividad que ocasione no usar la mascarilla por parte del público durante estos eventos, así como en su acceso o salida.
- Las exposiciones de belenes y los belenes vivientes solo se podrán llevar a cabo en recintos acotados y no se podrá superar el cincuenta por ciento de su aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla, debiendo establecerse límites de tiempo en la permanencia de personas en exposiciones interiores, que preferiblemente no superen los 15 minutos.
- Para los días 24 y 31 de diciembre se mantiene, como horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, las 22:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 21:00 horas. Se incluye a los establecimientos y servicios de restauración en zonas comunes de hoteles y alojamientos para todo tipo de clientes, externos o alojados.
- Se flexibilizan las visitas de familiares a los centros residenciales de personas mayores y de persona con discapacidad, ampliando éstas hasta 2 familiares por residente y día, con una duración máxima de dos horas.
- En los centros residenciales de personas mayores donde tradicionalmente se realizaban cenas o comidas de Navidad de familiares con los residentes, se podrán realizar, siempre y cuando los familiares, máximo 2 por residente, tengan una prueba diagnóstica de infección activa negativa, extremando las medidas de seguridad.
- Se suspende las actividades y eventos deportivos, como la carrera de San Silvestre, con elevada afluencia de público o que puedan provocar aglomeraciones.»
