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Mañueco decreta la adaptación de los derechos de los sanitarios a la pandemia

por Agencia EFE
14 de noviembre de 2020
en Castilla y León
El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco. / EFE-NACHO GALLEGO / ARCHIVO

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El presidente de la Junta de Castilla y León y autoridad delegada durante el estado de alarma en la Comunidad, Alfonso Fernández Mañueco, ha decretado este sábado la adaptación de los derechos laborales de los profesionales sanitarios del Sacyl a la situación provocada por la pandemia. Según recoge este sábado el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) con esta disposición, que entrará en vigor mañana, «se pretende dar un paso más en las políticas de gestión del personal sanitario», en lo referente a la posibilidad de adaptar, por el tiempo indispensable, algunos del los derechos de los sanitarios.

Así, la persona titular de la Consejería de Sanidad, mediante la correspondiente resolución con forma de orden, podrá adaptar los permisos, vacaciones y licencias, la jornada de trabajo, régimen de turnos y descansos, profesionales sanitarios en formación, las guardias médicas, el personal con dispensa por la realización de funciones sindicales, la flexibilización de la jornada y trabajo no presencial, la prestación a tiempo parcial del personal y jubilación, y las bolsas de empleo de personal estatutario temporal.

De igual forma, por órdenes de la persona titular de la Consejería de Sanidad se fijará la fecha a partir de la cual los centros e instituciones sanitarias podrán acordar estas medidas específicas, los parámetros que permiten determinar los servicios o unidades en los que resulta precisa su adopción, y la fecha de finalización de su aplicación.

Asimismo, la titular de la Consejería de Sanidad podrá adoptar la aplicación de las medidas específicas contempladas en el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid, sobre contratación excepcional de personal facultativo y no facultativo, y sobre movilidad funcional y territorial para la prestación excepcional de servicios, en los términos en ellos establecidos. Además, dicha orden también podrá adoptar la movilidad del personal a cualquier centro o institución sanitaria del territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Sin embargo, corresponderá al Gerente de cada centro o institución acordar la aplicación de las medidas específicas a cada uno de los profesionales. No obstante, en los casos en que sea necesario acordar la movilidad del personal a centros o instituciones sanitarias de un área de salud distinta a la de su correspondiente puesto de trabajo, esta movilidad se acordará por el Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud.

Como detalla el decreto, las prestaciones personales obligatorias podrán ser aplicables a todo el personal estatutario, funcionario y laboral, cualquiera que sea su vinculación, que preste servicios en los centros e instituciones sanitarias adscritas al Servicio de Salud de Castilla y León.

No obstante, estas adaptaciones estarán sustentadas en los principios de «temporalidad, proporcionalidad y garantía de derechos». En cuanto a la temporalidad, el decreto estipula que la duración de las prestaciones contempladas se podrán extender «como máximo hasta que finalice el estado de alarma declarado», o con anterioridad «si las circunstancias sanitarias derivadas de la pandemia así lo aconsejan y se acuerda mediante Decreto de esta Presidencia».

Sobre su proporcionalidad, la posibilidad de adoptar prestaciones restrictivas del régimen ordinario del personal se encuentra limitado por la efectiva declaración de los niveles 3 y 4 de alerta de la pandemia, en los que, en estos momentos, se encuentra todo el territorio autonómico.

Finalmente, en cuanto a la «garantía de derechos», el decreto subraya que esta «garantizado» el derecho al efectivo descanso del personal, debiendo respetarse, los descansos previstos en la normativa y la limitación máxima legal de la jornada anual, que incluye tanto la jornada ordinaria como la complementaria y procurará garantizar, «en la medida de lo posible», la conciliación con la vida personal y familiar de los profesionales.

«Reforzar» el sistema de salud

Para reforzar el Sistema de Salud de Castilla y León, según explicita el decreto, también se han acordado varias prestaciones personales obligatorias en el sistema sanitario, como la imposición al personal del Sacyl de «servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza, y que resulten imprescindibles», que serán «indemnizados según corresponda».

Asimismo, el presidente de la Junta ha decretado «adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para garantizar la cohesión y equidad en la prestación del servicio sanitario en todo el territorio de Castilla y León», así como «garantizar la posibilidad de determinar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales, de acuerdo con las necesidades que se pongan de manifiesto en la gestión de esta crisis sanitaria».

Negociación con los sindicatos

La Junta buscará tras la publicación de este decreto un acuerdo con los sindicatos sobre las condiciones de los sanitarios, tal y como avanzó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno de este jueves el portavoz de la Junta, Francisco Igea. Todos los sindicatos médicos de la Comunidad han lamentado este «recorte de derechos» de los profesionales sanitarios en un momento crítico como el actual y han avanzado que no tolerarán que se vulnere ninguna de sus condiciones laborales, como sus permisos, vacaciones o descansos.

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